Normativa Reguladora

Consulta pública previa a la elaboración del nuevo Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja

ASUNTO: Consulta pública previa a la elaboración del nuevo Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja.

 

En aplicación del artículo 133.1 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Concejalía de Policía somete a consulta pública previa la próxima elaboración del proyecto de Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja para recabar la opinión de los sujetos y organizaciones representativas potencialmente afectados por dicho futuro Reglamento.

En este sentido, el apartado a) del artículo 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que corresponde a los municipios las potestades reglamentaria y de autoorganización, regulándose en el artículo 49 del mismo texto legal el procedimiento para la aprobación de las Ordenanzas Municipales y por extensión de los Reglamentos Municipales.

Por su parte, el Título Primero del Libro Tercero del Código Civil, aprobado por Real Decreto de 24 de julio de 1889, regula, dentro de los diferentes modos de adquirir la propiedad, la figura de la ocupación y más concretamente el artículo 615 de dicho texto legal establece el procedimiento a seguir respecto de los objetos perdidos, disponiendo que el hallador de un objeto extraviado cuyo propietario no sea conocido debe consignarlo en poder del Alcalde del Pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.

En la actualidad, el servicio de objetos perdidos es gestionado por la Policía Local de Torrevieja, departamento al que diariamente llegan una gran cantidad de pertenencias extraviadas por las personas que residen y visitan nuestra ciudad y que son entregadas a los Agentes o en la Jefatura.

Hasta el momento, no existía un Reglamento que estableciese el procedimiento en la tramitación de los objetos perdidos desde su entrega a la Policía Local hasta su restitución a su titular o en su caso integración en el patrimonio municipal una vez transcurrido el plazo de 2 años que establece el propio artículo 615 del Código Civil.

Existiendo pues una necesidad de dar seguridad jurídica no sólo a las personas que han extraviado sus pertenencias, sino también a los propios Agentes de la Policía Local que recaban los objetos perdidos o que realizan la tramitación del procedimiento de localización, entrega o en su caso incorporación al patrimonio municipal, se impulsa por parte del Inspector S-03 este Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja.

A los efectos de facilitar la consulta pública previa a la elaboración de dicho Reglamento, se publica en la página web municipal del Ayuntamiento de Torrevieja en el apartado “Proyectos de Reglamentos y Ordenanzas. Consultas Públicas Previas” en la dirección www.torrevieja.es, así como en el Tablón de Edictos Municipal.

Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular a través de los siguientes cauces en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el portal web municipal y en el Tablón de Edictos Municipal:

- Mediante escrito o correo electrónico a inspector.s003policia@torrevieja.eu.

- Mediante escrito dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja de forma presencial o mediante sede electrónica.

                                                                                      El Concejal Delegado de Policía.

Ordenanza de Uso, Seguridad y Conservación de las Playas y Litoral Municipales

El Ayuntamiento de Torrevieja ha elaborado y aprobado, la Ordenanza de Uso, Seguridad y Conservación de las Playas y Litoral Municipales como instrumento de concienciación, convivencia y gestión eficaz del dominio público marítimo terrestre, en el ámbito municipal. Se pretende garantizar el uso público de las playas y del conjunto del litoral municipal, regulando los usos generales y especiales, asegurando la integridad, seguridad y adecuada conservación de tales espacios, en consonancia con la legislación europea, nacional y autonómica.