AYUDAS 2025 GVA_Armadores y Pescadores de Buques Pesqueros con puerto base localizado en la Comunidad Valenciana afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera durante 2024

En el Marco del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura ( FEMPA)

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2025, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas a los armadores y pescadores de buques pesqueros, con puerto base localizado en la Comunitat Valenciana, afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera, en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura ( FEMPA) 

OBJETO:

Convocar para el ejercicio 2025, las ayudas a armadores y pescadores de buques pesqueros con puerto base localizado en la Comunidad Valenciana, afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera de la anualidad 2024.

FINANCIACIÓN DE LAS AYUDAS:

Las ayudas serán cofinanciadas, a cargo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) un 70% correspondiendo el otro 30% a la contribución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

PERIODOS OBJETO DE PARADA Y Nº DIAS FINANCIABLES:

El calendario de paradas temporales financiables con cargo al FEMPA en 2024 se aprobó en la Conferencia Sectorial de Pesca celebrada el 04 de julio de 2024.

Con vistas a garantizar la continuidad de la financiación de la medida de paralización temporal de la actividad pesquera durante todo el período FEMPA, se acuerda, por parte de todas las comunidades autónomas afectadas, extender la limitación del período subvencionable a un máximo de 52 días en todas las modalidades.

Se indican a continuación, para cada una de las modalidades citadas, las zonas y los períodos de parada temporal obligatorios para la concesión y pago de estas ayudas, cuya realización completa por los buques afectados deberá acreditarse por parte de los beneficiarios:

Modalidad de Cerco

Sur de Valencia y Alicante: buques con puerto base en Cullera, Gandia, Dénia, Jávea, Moraira, Calp, Altea, Benidorm, Villajoyosa, El Campello, Alicante, Santa Pola, isla de Tabarca, Guardamar del Segura y Torrevieja.

Período de parada temporal desde el 15 de noviembre de 2024 hasta el 15 de enero de 2025, ambos incluidos (período computable: 62 días).

Número de días financiables: 40

Modalidad de Palangre de Superficie

Valencia y Alicante: buques con puerto base en Sagunto, València, Cullera, Gandia, Dénia, Jávea, Moraira, Calp, Altea, Benidorm, Villajoyosa, El Campello, Alicante, Santa Pola, isla de Tabarca, Guardamar del Segura y Torrevieja.

Período de parada temporal desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de marzo de 2024, ambos incluidos (período computable: 91 días).

Número de días financiables: 52

Modalidad de arrastre del Fondo del Mediterráneo

Alicante desde la punta del cabo de l’Horta hasta el Mojón: buques con puerto base en Santa Pola y Torrevieja.

Período de parada temporal desde el 1 de noviembre de 2024 al 30 de noviembre de 2024, ambos incluidos (período computable: 30 días).

Número de días financiables: 20

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.5 de la Orden 19/2016, la no realización de todo el período de parada temporal por el que se solicita la ayuda, de los indicados anteriormente, dará lugar a la pérdida del derecho de cobro.

PRIMA DIARIA:

Modalidad Cerco, Palangre de Superficie y Arrastre de Fondo objeto de paralización temporal debido a las vedas espacio temporales establecidas en el apartado tercero será el importe de la prima máxima diaria de acuerdo con el baremo para armadores establecido en el Anexo III del Real Decreto 1173/2015, modificado por el Real Decreto 1013/2023. En el Anexo I de la presente resolución se muestra la fórmula para el cálculo de dicha prima.

Modalidad Arrastre de Fondo, objeto de la paralización temporal por reducción de esfuerzo pesquero realizada en el 2024, será el importe individualizado por buque que se indica en el Anexo II de la presente resolución, según baremos certificado por la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación , de fecha 07 de mayo de 2024.

Modalidad Cerco, Palangre de Superficie y Arrastre de fondo, objeto de paralización temporal debido a las vedas espacio temporales establecidas en el apartado tercero o por reducción del esfuerzo pesquero, será de 50 euros.

IMPORTE DE LAS AYUDAS:

Modalidad Cerco y Palangre de Superficie 

La ayuda a los pescadores de los buques de las modalidades de Cerco y Palangre de Superficie objeto de paralización temporal, se calculará multiplicando la prima diaria de 50,00 euros por el número de días financiables de parada establecido en el apartado tercero de esta resolución, en función de la modalidad de pesca del buque, el puerto base y el periodo de parada realizado.

Modalidad Arrastre de Fondo en el Mediterráneo 

Los días financiables para los buques pesqueros de la modalidad de Arrastre de Fondo serán la suma de los días financiables debidos a la reducción de esfuerzo más los días financiables derivados de las vedas espacio temporales establecidas en el apartado tercero.

La ayuda a los armadores de los buques de la modalidad Arrastre de fondo en el mediterráneo, objeto de paralización temporal debido a las vedas espacios temporales establecidas en el apartado tercero, se calculará multiplicando el importe de la prima diaria que le corresponda al buque, según lo dispuesto en el punto 1 del apartado quinto de esta resolución, por el número de días financiables de parada establecido en el apartado tercero de esta resolución, según el puerto base y el periodo de parada realizado.

La ayuda a los armadores de los buques de la modalidad de Arrastre de Fondo en el mediterráneo, objeto de paralización temporal durante la anualidad 2024 debido a reducción de esfuerzo, se calculará multiplicando el importe de la prima diaria que le corresponda al buque, según lo dispuesto en el punto 2 del apartado quinto de esta resolución, por el número total de días subvencionables de parada de acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto de esta resolución.   

La ayuda a los pescadores de los buques de la modalidad Arrastre de fondo en el mediterráneo, objeto de paralización temporal, se calculará multiplicando la prima diaria de 50,00 euros por el número de días financiables de parada establecidos en función del puerto base y el periodo de parada realizado.

PLAZO DE PRESENTACIÓN 

Hasta el 10 de mayo de 2025.

Las solicitudes de armadores y pescadores podrán efectuarse a través de las Cofradías de Pescadores 

MÁS INFORMACIÓN

Enlace DOGV