EAUTOE 2024 Ayudas a personas desempleadas que accedan a su empleo a través de la creación de actividad empresarial o profesional como trabajador autónomo en proyectos innovadores

01.08.2024
EAUTOE 2024

El Servicio Valenciano de Empleo y Formación, LABORA, ha convocado las ayudas para el fomento del empleo autónomo en la Comunitat Valenciana: EAUTOE 2024 – Ayudas a personas desempleadas que accedan a su empleo a través de la creación de actividad empresarial o profesional como trabajador autónomo en proyectos innovadores.

Beneficiarios: personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en Labora, que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan los siguientes requisitos.

  1. Contar con un Plan de empresa de la actividad a realizar, que contemple su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones y plan de viabilidad para poder llevar a cabo dicha actividad.

  2. La actividad autónoma debe tener carácter innovador. 

  3. La persona solicitante debe acreditar la siguiente formación:

    1. Formación profesional oficial (del sistema educativo o formación profesional para el empleo) o educación universitaria (grado, máster o curso de experto universitario) sobre materias que tengan relación directa con el proyecto de negocio.

    2. Formación no inferior a 70 horas de duración en materia gerencial, de gestión comercial o financiera o de marketing digital bien por haber recibido formación sobre dichas materias o bien porque la formación que se posea ya la incluya.

Cuantía: 

  • 5.000 € si la persona beneficiaria es un hombre.

  • 6.000 € si la persona beneficiaria es una mujer.

  • 6.600 € si la persona beneficiaria es una mujer víctima de la violencia de género.

Condiciones para la concesión de la subvención:

  • Haberse dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la Mutualidad del colegio profesional que corresponda, a partir del 1 de enero de 2024. La fecha de alta será considerada como fecha de inicio de actividad.

  • Haber permanecido en situación de desempleo manteniendo la inscripción como demandante de empleo en LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación hasta el inicio de la actividad. No se entenderá cumplido este requisito si la inscripción se produce el mismo día en que se inicia la actividad autónoma.

  • Figurar de alta en el Censo de obligados tributarios, en el impuesto sobre actividades económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda con carácter previo a la presentación de la solicitud.

  • No haber realizado la misma actividad o similar como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia en los seis meses anteriores al inicio de la actividad que da lugar a la solicitud de la subvención.

  • Desarrollar la actividad de forma independiente en la Comunitat Valenciana.

  • No haber sido beneficiario ni en el año 2022 ni en el año 2023 de otras subvenciones de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación por constitución como autónomo.

  • El proyecto debe tener carácter innovador y reunir condiciones de viabilidad técnica, económica y financiera, lo que precisará el informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de entidades del ecosistema emprendedor de la Comunitat Valenciana, en el que figuran los pactos territoriales por el empleo y desarrollo local.

Documentación que hay que aportar junto a la solicitud: 

  • Datos de domiciliación bancaria. 

  • Declaración responsable sobre otras ayudas recibidas para los mismos costes subvencionables o el mismo hecho subvencionable o de no haber obtenido ninguna.

  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria ni para ser receptora del pago.

  • Declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas a la persona solicitante durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, según modelo normalizado. 

  • En su caso, acreditación de la condición de mujer víctima de violencia sobre la mujer. 

  • Informe de cualquiera de las entidades, públicas o privadas, incluidas en el Mapa de entidades del ecosistema emprendedor de la Comunitat Valenciana.

  • En el caso de profesionales colegiados, alta en la mutualidad del colegio profesional correspondiente. 

  • Documentación acreditativa de la formación del solicitante.

  • Certificado de Situación Censal actualizado, emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 

  • Declaración responsable de haber sido informado del tratamiento de datos de carácter personal requerido para la gestión de estas subvenciones.

Para solicitar la ayuda al fomento del trabajo autónomo, se debe incluir un Informe de las entidades incluidas en el Mapa de entidades del ecosistema emprendedor de la Comunitat Valenciana, el cual se puede solicitar en el Ayuntamiento de Ayora y es emitido por el Agente de Empleo y Desarrollo local, quien debe valorar la viabilidad empresarial del proyecto. Es por ello que el interesado debe presentar un Plan de empresa de la actividad a realizar demostrando que el proyecto reúne las condiciones de viabilidad en cuanto a su organización, recursos necesarios, plan financiero y de inversiones para poder llevar a cabo la actividad.

Además debe indicar claramente el carácter innovador que las ayudas contemplan en su base tercera. 

No se emitirán informes favorables sin un Plan de Empresa debidamente desarrollado donde se demuestre la viabilidad del proyecto, con toda la información necesaria que se requiere.

 

Obligaciones de las personas beneficiarias:

  • Mantener la actividad por cuenta propia y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o equivalente durante al menos tres años desde la fecha de efectos del alta en dicho régimen.

  • Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actuación objeto de subvención durante todo el periodo de ejecución de la ayuda (es decir, desde que se conceda la ayuda hasta que se aporte la documentación a la que hace referencia la letra siguiente), incluyendo el logotipo de la Generalitat Valenciana en medios de difusión tales como carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales y en cualquier otro medio de publicidad que se realice de la actividad subvencionada. 

  • Aportar, en el plazo de un mes tras la finalización del periodo de mantenimiento obligatorio de la actividad por cuenta propia, una declaración en modelo normalizado sobre publicidad y transparencia a que hace referencia el apartado anterior.

     

Plazo para presentar la solicitud

        - Desde el 14 de mayo de 2024 

        - Hasta el 30 de septiembre de 2024

 

Más información acerca de esta ayuda AQUÍ