Buzón de Denuncias del Plan Antifraude

El Ayuntamiento de Torrevieja ha acordado la implantación del Sistema interno de información que prescribe la ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, por medio del Canal de Denuncias habilitado en la sede electrónica y plataforma de administración electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja, así como la Política y principios generales en materia de Sistema interno de información y defensa del informante y el Procedimiento de gestión de las informaciones recibidas a través del Sistema.

El Ayuntamiento de Torrevieja decidió que la herramienta Canal de Denuncias sea utilizada, no sólo para las infracciones normativas y de lucha contra la corrupción recogidas en la ley 2/2023, sino también para comunicaciones relativas a sospechas de fraude, corrupción o conflicto de intereses que cualquier ciudadano haya detectado en el uso y gestión de fondos vinculados al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, de la Unión Europea. Es decir, asigna al Sistema interno de información (Canal de Denuncias) las funciones previstas para el denominado Buzón de Denuncias, instrumento incluido en las Medidas de Detección del Fraude, del Plan de Medidas Anti-fraude. 

Puede descargar el certificado del acuerdo que contiene el Plan de Medidas Antifraude en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Ayuntamiento de Torrevieja y sus anexos en “Archivos”, bajo estas líneas.

Si su comunicación se refiere a este ámbito, habrá de cumplimentar y adjuntar el modelo de ficha de denuncia que encontrará  en el mismo apartado “Archivos”, bajo estas líneas. Tenga en cuenta que este tipo de denuncias no pueden ser anónimas. 

Para facilitar la participación ciudadana en la comunicación de hechos o conductas que resulten contrarias al derecho y a los principios o reglas éticas y de buen gobierno y administración que determina el marco normativo vigente, el Canal de Denuncias será capaz de incorporar y tratar hasta la conclusión del proceso de investigación, informaciones comunicadas por otros medios distintos del electrónico. Así, permitirá integrar comunicaciones recibidas a través de los siguientes medios:

a) Correo postal.
b) Correo electrónico
c) De forma presencial.
d) Vía telefónica

Además de la que le es propia: la vía telemática a través de la sede electrónica municipal o sedes electrónicas de sus organismos autónomos IMC y PMH.

En el ámbito de la presente opción, las comunicaciones que hagan uso del Canal de Denuncias a través de las diferentes formas o medios arriba relacionados, habrán de hacer referencia a sospechas de fraude, corrupción o conflicto de intereses que cualquier ciudadano pueda haber detectado en el uso y gestión de fondos vinculados al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, sin perjuicio del derecho del denunciante a acudir al Servicio Nacional de Coordinación Anti-fraude (SNCA) ((https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/Com), órgano encargado de coordinar las acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la Unión Europea contra el fraude y a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), como alternativa al Canal de Denuncias del Ayuntamiento de Torrevieja.