Ayudas y Subvenciones

CONCESION DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE ALICANTE DE UNA AYUDA POR EL FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE GIMNASIA RÍTMICA EN LA TEMPORADA 2025/2026.

SUBVENCIÓN CONCEDIDA POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE

El Ayuntamiento de Torrevieja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hace pública la concesión de la siguiente ayuda otorgada por la Excma. Diputación Provincial de Alicante dentro del Plan de Ayudas a Ayuntamientos y EATIM para la realización de actividades deportivas o para el funcionamiento de Escuelas Deportivas Municipales – Anualidad 2026.

Entidad beneficiaria:

Ayuntamiento de Torrevieja

Actividad subvencionada:

Escuela Municipal de Gimnasia Rítmica (octubre 2025 – mayo 2026)

Importe de la subvención concedida:

8.876,00 €

Organismo concedente:

Diputación Provincial de Alicante – Área de Deportes

Publicado en:

B.O.P. Alicante, nº 108 de 10/06/2026

Finalidad de la ayuda:

Apoyar el desarrollo y funcionamiento de actividades deportivas municipales, fomentando la práctica deportiva y la participación de la ciudadanía en programas formativos y de promoción del deporte.

 

SUBVENCIONES POR LA REALIZACIÓN DE EVENTOS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN TORREVIEJA ANUALIDAD 2026

Extracto de la Resolución de 5 de junio de 2026 del Sr. Concejal de Economía y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones de Eventos y Actividades Deportivas en Torrevieja anualidad 2026.

Primero. Beneficiarios:

Las entidades solicitantes de subvención únicamente podrán presentarse a una línea de subvención.

5.1 Beneficiarios de las subvenciones:

Podrán ser beneficiarias:

  1. Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con personalidad jurídica propia, con domicilio social en el municipio de Torrevieja e inscritas en el Registro de Asociaciones Vecinales de Torrevieja, que desarrollen actividades deportivas en el término municipal y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

  1. Las Federaciones Deportivas, de ámbito Nacional o Autonómico, que organicen campeonatos oficiales en la ciudad de Torrevieja.

Las entidades descritas en el punto 5.1.a. podrán presentar un máximo de dos solicitudes correspondientes a eventos deportivos distintos, que serán valoradas de forma independiente.

5.2 Requisitos de la actividad deportiva:

Las actividades deportivas objeto de subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Desarrollarse de forma presencial en el municipio de Torrevieja, quedando excluidas las pruebas virtuales.

  2. Tener carácter puntual o concentrado en un período limitado de tiempo, no pudiendo integrarse en una temporada deportiva completa.Con carácter orientativo, la duración de la actividad no excederá de 25 días, salvo justificación suficiente en la memoria técnica.

  3. Ajustarse, en cuanto a la edad mínima de participación, a la normativa federativa o reglamentaria aplicable a cada modalidad deportiva y, en su defecto, no prever participación competitiva reglada por debajo de los 6 años.

  4. Contar con una participación mayoritaria de deportistas ajenos a la entidad organizadora, debiendo acreditarse en la memoria técnica el carácter abierto del evento y su capacidad de atracción de participantes externos.

  5. Disponer de los seguros obligatorios exigidos por la normativa vigente.

Los requisitos anteriores se fundamentan en:

  1. Garantizar que el impacto económico de la actividad (turismo deportivo, pernoctaciones y consumo) repercuta en el tejido económico local, así como facilitar el acceso de la ciudadanía a la visualización de eventos deportivos.

  2. Asegurar que las subvenciones se destinen a eventos deportivos de carácter puntual, evitando la financiación de actividades estructurales o de temporada completa.

  3. Adecuar la participación a criterios técnicos y recomendaciones de las federaciones deportivas, garantizando la protección de menores.

  4. Fomentar la participación abierta y la proyección exterior de la ciudad, evitando actividades de carácter interno o restringido.

5.3 Exclusiones:

5.3.1 Exclusiones generales

No podrán obtener la condición de beneficiarias:

  1. Las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. Las entidades que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o con el Ayuntamiento de Torrevieja.

  3. Las entidades que tengan pendientes de justificar subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Torrevieja o no se hallen al corriente en el pago de obligaciones por reintegro, en los términos previstos en la normativa aplicable.

5.3.2 Exclusiones específicas

Con carácter general, quedarán excluidos los proyectos que respondan a los siguientes perfiles:

  1. Escuelas deportivas o actividades de formación continuada.

  2. Actividades dirigidas a la edad escolar que se desarrollen en horario lectivo.

  3. Proyectos subvencionados mediante convenio por la concejalía de Deportes.

  4. Cursos de formación, charlas y conferencias.

  5. Actividades deportivas de exhibición sin participación activa.

  6. Campus, stages o actividades similares, especialmente cuando se desarrollen en instalaciones municipales de la concejalía de Deportes.

  7. Actividades que hayan sido financiadas total o parcialmente por otras subvenciones del Ayuntamiento de Torrevieja para la misma finalidad.

Segundo. Objeto y finalidad de la convocatoria

La presente convocatoria tiene por objeto promover la organización de eventos y actividades deportivas que se celebren en el término municipal de Torrevieja y que hayan tenido lugar o vayan a desarrollarse entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, con cargo al presupuesto municipal del ejercicio 2026.

La inclusión de gastos devengados con anterioridad al ejercicio 2026 se justifica en la necesidad de atender gastos preparatorios y de organización imprescindibles para la celebración de los eventos subvencionados, en coherencia con la planificación deportiva municipal y el calendario competitivo de las distintas modalidades, todo ello de conformidad con la normativa aplicable en materia de subvenciones.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover la práctica deportiva, impulsar hábitos de vida saludables y contribuir a la proyección exterior de la imagen de la ciudad en el ámbito nacional mediante la celebración de eventos deportivos de especial interés social, económico y turístico.

Tercero. Bases reguladoras:

Decreto del Sr. Concejal de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Torrevieja de fecha 5 de junio de 2026, por el que se aprueban las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones de Eventos y Actividades Deportivas en Torrevieja anualidad 2026.

Bases publicadas en:

  1. https://torrevieja.sedelectronica.es/board/975b37c8-f59b-11de-b600-0023…

  1. http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Solicitudes

Desde el 10 de junio hasta el 1 de julio de 2026

https://torrevieja.sedelectronica.es/dossier.1

PROGRAMA MUNICIPAL DE EMPLEO 2026 "TORREVIEJA OCUPA-T"

El Ayuntamiento de Torrevieja ha aprobado las bases reguladoras del Programa Municipal de Empleo 2026 “Torrevieja Ocupa-T”, una iniciativa destinada a fomentar la empleabilidad mediante la contratación temporal de 27 personas desempleadas para distintos servicios municipales.

El programa contempla contrataciones de hasta doce meses de duración, a jornada completa de 35 horas semanales, a través de las modalidades de “contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral” y “contrato formativo para adquirir una práctica profesional adecuada”.

Entre los puestos ofertados figuran plazas de asistentes administrativos, ordenanzas, peones de construcción, abogados, trabajadores sociales, técnicos en sistemas microinformáticos, analistas de redes y asesores de empresa.

Podrán participar en esta convocatoria las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en Espai Labora Torrevieja en la fecha de publicación de la convocatoria y que cumplan los requisitos establecidos en las bases.

En el caso de los contratos para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, las personas aspirantes deberán tener al menos 30 años. Para los contratos formativos será necesario tener menos de 30 años y cumplir además los requisitos específicos previstos en la legislación laboral para esta modalidad contractual.

Asimismo, será obligatorio disponer de la titulación exigida para cada puesto convocado y mantener todos los requisitos tanto en la fecha de publicación de la convocatoria como en el momento de formalización del contrato.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Las solicitudes podrán presentarse preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica municipal o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento recuerda especialmente que cada persona únicamente podrá solicitar una plaza.

La documentación obligatoria incluirá, entre otros documentos, la solicitud normalizada firmada, documento identificativo, DARDE, certificado de inscripción de LABORA y la titulación requerida para el puesto.

Además, es importante subrayar de forma expresa que toda la documentación acreditativa de méritos deberá aportarse necesariamente junto con la solicitud y dentro del plazo de presentación establecido.

En este sentido, las bases establecen claramente que no serán valorados aquellos méritos que no hayan sido acreditados documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes y que no se admitirá la aportación posterior de documentación acreditativa de méritos, salvo para subsanar defectos formales de documentación ya presentada en plazo.

Entre los méritos baremables se encuentran la experiencia profesional, formación complementaria, conocimiento de valenciano e idiomas comunitarios, situación de desempleo sin prestaciones, desempleo de larga duración, diversidad funcional, situación o riesgo de exclusión social, mayores de 45 años y familias monoparentales o monomarentales.

El sistema selectivo se realizará mediante concurso con entrevista semiestructurada y la puntuación máxima total será de 27 puntos.

Toda la información relativa a la convocatoria, modelo de solicitud y publicaciones oficiales estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja y en la web municipal (www.torrevieja.es).

31/05/2026. Convocatoria PENDIENTE de publicación en el BOP de Alicante.

08/06/2026. Se publica en el BOP de Alicante extracto de la convocatoria del PME 2026 "Torrevieja Ocupa-T".

Plazo de presentación de solicitudes: Del 09/06/2026 al 22/06/2026, ambos inclusive.

 

 

 

CONCURSO PREMIO JÓVENES EMPRENDEDORES, EDICIÓN XVII. ANUALIDAD 2026

Un año más vez la luz la convocatoria de los premios "Jóvenes Emprendedores" del Ayuntamiento de Torrevieja, Edición XVII. Anualidad 2026

Los premios Jóvenes Emprendedores 2026 se ubican dentro de las acciones llevadas a cabo desde la Concejalía de Empleo, Desarrollo Local y Emprendimiento, a través de la Agencia de Desarrollo Local, con la finalidad de reconocer la labor de las personas jóvenes emprendedoras vinculadas con la ciudad que hayan desarrollado o puesto en marcha proyectos empresariales.

La convocatoria de los premios tiene como objetivos concretos: promover el emprendimiento entre la sociedad torrevejense; impulsar la economía cooperativa y social; favorecer el reconocimiento social de los emprendedores; fomentar una imagen positiva del empresario como generador de riqueza y empleo; fomentar la innovación como estrategia competitiva de la empresa, así como la creación de empresas y servicios relacionados con el sector turístico, el comercio local, las nuevas tecnologías, conservación y rehabilitación de edificios, medio ambiente, deporte, cultura, ocio y tiempo libre; premiar a las personas con iniciativa emprendedora que han puesto en marcha un nuevo negocio; y facilitar soporte y respaldo a los emprendedores que han iniciado su actividad empresarial, de forma que sirva de estímulo para la creación de nuevas empresas y nuevos empleos en el ámbito de la economía del municipio de Torrevieja.

Podrán participar en este concurso las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

En el caso de las personas físicas (empresario individual y emprendedor de responsabilidad limitada):

  • Estar empadronadas en el municipio de Torrevieja con anterioridad a la fecha de presentación de las solicitudes. .
  • Tener un máximo de 35 años a fecha 08 de septiembre de 2026 (fecha en que finaliza el plazo de presentación a este concurso).

En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro:

  • Tener su domicilio fiscal y social en el municipio de Torrevieja.
  • Por lo menos, la mitad de las personas que la constituyen deben tener un máximo de 35 años a fecha 08 de septiembre de 2026 (fecha en que finaliza el plazo de presentación a este concurso), y ser éstas las que estén en posesión al menos del 51% del capital social de la empresa.

Quedan excluidas del derecho a presentación de candidaturas toda entidad de carácter público, privadas participadas por entidades públicas, así como asociaciones o demás entidades sin ánimo de lucro.

Podrán presentarse proyectos, entendidos estos como empresas que estén legalmente constituidas entre el 01/09/2025 y el 31/08/2026.

  • Los proyectos podrán versar sobre actividades y servicios relacionados con el sector turístico, comercio local, las nuevas tecnologías, conservación y rehabilitación de la edificación, medio ambiente, deporte, cultura, ocio y tiempo libre.
  • Se entenderá que el proyecto está legalmente constituido:
  1. En caso de persona jurídica, cuando se presente la inscripción en el registro público correspondiente (registro mercantil, registro de sociedades cooperativas…), el alta de hacienda y el alta en el régimen correspondiente de la seguridad social.
  2. En el caso de persona física (empresario individual), cuando se presente el alta en hacienda y el alta en el régimen correspondiente de la seguridad social o mutualidad profesional correspondiente.
  3. En el caso de persona física (Emprendedor de Responsabilidad Limitada), además de los requisitos del punto anterior, será necesario inscribir en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad la condición de empresario de responsabilidad limitada.
  4. Todas las actuaciones referidas para entender el proyecto legalmente constituido deberán haberse llevado a cabo dentro del periodo comprendido entre el 01/09/2025 y 31/08/2026.

Se establecen los siguientes premios e importes:

  1. primer premio: 7.000 euros
  2. segundo premio: 3.500 euros
  3. tercer premio: 1.500 euros.

De los citados importes se detraerán los impuestos que fueran aplicables de conformidad con la legislación vigente al efecto, siendo responsabilidad de los ganadores, en todo caso, declarar los premios según proceda en el impuesto al que esté sujeto.

Se realizará un acto formal de entrega de los premios. Los ganadores serán informados, con suficiente antelación, de dicho acto, comprometiéndose a la participación en el mismo.

Hoy, 21 de mayo de 2026, se publica anuncio de la aprobación de la convocatoria y bases específicas reguladoras del concurso premio jóvenes emprendedores, edición XVII. Anualidad 2026.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá con la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante, circunstancia de la que se dará información en este mismo apartado.

Subidos anexos de participación en la convocatoria.

25/05/2026. Se publica en el BOP de Alicante la convocatoria del concurso Premio Jóvenes Emprendedores, Edición XVII.

Plazo de presentación de solicitudes: Del 26/05/2026 al 08/09/2026.

CONCURSO PREMIO JÓVENES EMPRENDEDORES, EDICIÓN XVII. ANUALIDAD 2026

                                      emprendedores

Un año más vez la luz la convocatoria de los premios "Jóvenes Emprendedores" del Ayuntamiento de Torrevieja, Edición XVII. Anualidad 2026

Los premios Jóvenes Emprendedores 2026 se ubican dentro de las acciones llevadas a cabo desde la Concejalía de Empleo, Desarrollo Local y Emprendimiento, a través de la Agencia de Desarrollo Local, con la finalidad de reconocer la labor de las personas jóvenes emprendedoras vinculadas con la ciudad que hayan desarrollado o puesto en marcha proyectos empresariales.

La convocatoria de los premios tiene como objetivos concretos: promover el emprendimiento entre la sociedad torrevejense; impulsar la economía cooperativa y social; favorecer el reconocimiento social de los emprendedores; fomentar una imagen positiva del empresario como generador de riqueza y empleo; fomentar la innovación como estrategia competitiva de la empresa, así como la creación de empresas y servicios relacionados con el sector turístico, el comercio local, las nuevas tecnologías, conservación y rehabilitación de edificios, medio ambiente, deporte, cultura, ocio y tiempo libre; premiar a las personas con iniciativa emprendedora que han puesto en marcha un nuevo negocio; y facilitar soporte y respaldo a los emprendedores que han iniciado su actividad empresarial, de forma que sirva de estímulo para la creación de nuevas empresas y nuevos empleos en el ámbito de la economía del municipio de Torrevieja.

Podrán participar en este concurso las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:

En el caso de las personas físicas (empresario individual y emprendedor de responsabilidad limitada):

  • Estar empadronadas en el municipio de Torrevieja con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • Tener un máximo de 35 años a fecha 08 de septiembre de 2026 (fecha en que finaliza el plazo de presentación a este concurso).

En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro:

  • Tener su domicilio fiscal y social en el municipio de Torrevieja.
  • Por lo menos, la mitad de las personas que la constituyen deben tener un máximo de 35 años a fecha 08 de septiembre de 2026 (fecha en que finaliza el plazo de presentación a este concurso), y ser éstas las que estén en posesión al menos del 51% del capital social de la empresa.

Quedan excluidas del derecho a presentación de candidaturas toda entidad de carácter público, privadas participadas por entidades públicas, así como asociaciones o demás entidades sin ánimo de lucro.

Podrán presentarse proyectos, entendidos estos como empresas que estén legalmente constituidas entre el 01/09/2025 y el 31/08/2026.

  • Los proyectos podrán versar sobre actividades y servicios relacionados con el sector turístico, comercio local, las nuevas tecnologías, conservación y rehabilitación de la edificación, medio ambiente, deporte, cultura, ocio y tiempo libre.
  • Se entenderá que el proyecto está legalmente constituido:
  1. En caso de persona jurídica, cuando se presente la inscripción en el registro público correspondiente (registro mercantil, registro de sociedades cooperativas…), el alta de hacienda y el alta en el régimen correspondiente de la seguridad social.
  2. En el caso de persona física (empresario individual), cuando se presente el alta en hacienda y el alta en el régimen correspondiente de la seguridad social o mutualidad profesional correspondiente.
  3. En el caso de persona física (Emprendedor de Responsabilidad Limitada), además de los requisitos del punto anterior, será necesario inscribir en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad la condición de empresario de responsabilidad limitada.
  4. Todas las actuaciones referidas para entender el proyecto legalmente constituido deberán haberse llevado a cabo dentro del periodo comprendido entre el 01/09/2025 y 31/08/2026.

Se establecen los siguientes premios e importes:

  1. primer premio: 7.000 euros
  2. segundo premio: 3.500 euros
  3. tercer premio: 1.500 euros.

De los citados importes se detraerán los impuestos que fueran aplicables de conformidad con la legislación vigente al efecto, siendo responsabilidad de los ganadores, en todo caso, declarar los premios según proceda en el impuesto al que esté sujeto.

Se realizará un acto formal de entrega de los premios. Los ganadores serán informados, con suficiente antelación, de dicho acto, comprometiéndose a la participación en el mismo.

Hoy, 21 de mayo de 2026, se publica anuncio de la aprobación de la convocatoria y bases específicas reguladoras del concurso premio jóvenes emprendedores, edición XVII. Anualidad 2026.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá con la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante, circunstancia de la que se dará información en este mismo apartado (Previsión: próxima semana).

Subidos anexos de participación en la convocatoria.

PREMIOS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA "CIUDAD DE TORREVIEJA" V EDICIÓN, CURSO 2024/2025. MODALIDAD: PRIMARIA, ESO, FPGMEDIO Y BACHILLERATO.

El Ayuntamiento de Torrevieja, con el propósito de contribuir al éxito escolar, fomentar la calidad de la enseñanza y valorar el esfuerzo escolar de los/las alumnos/as del municipio de Torrevieja, aprueba la V Edición de los Premios a la excelencia académica “Ciudad de Torrevieja”, curso académico 2024/2025.

El Ayuntamiento aprueba esta quinta edición de los premios abriendo así un espacio público de reconocimiento y recompensa al esfuerzo realizado, más allá de la satisfacción personal que cada alumno/a experimenta ante sus buenos resultados escolares. Esta convocatoria pretende añadir un estímulo para los/las alumnos/as, alienta la dedicación al estudio y reconoce de esta manera la excelencia en las nuevas generaciones.

Se trata de una convocatoria con la que el Ayuntamiento de Torrevieja premia y fomenta la cultura del esfuerzo y la superación personal del alumnado de Torrevieja.

La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y apertura del plazo para presentación de solicitudes está previsto que tenga lugar en los primeros días de la semana próxima. En todo caso, se anunciará en este mismo lugar la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante.

Se recomienda leer detenidamente las bases específicas de la convocatoria de los premios, en particular los apartados de requisitos y documentación a aportar, con el fin de evitar, en la medida de lo posible, errores u omisiones en la solicitud y documentación adjunta.

Hoy 8 de mayo de 2026 se publica en esta web el anuncio de aprobación de convocatoria y bases específicas por parte del Ayuntamiento de Torrevieja. 

Hoy 11 de mayo de 2026 ha sido publicada la convocatoria en el BOP de Alicante.

Plazo de solicitud: 15 días hábiles. Del 12/05/2026 al 01/06/2026 ambos inclusive. 

Trámite electrónico

PREMIOS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA "CIUDAD DE TORREVIEJA" V EDICIÓN, CURSO 2024/2025. MODALIDAD: ESTUDIOS DE GRADO UNIVERSITARIO, FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO SUPERIOR Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS (TITULO SUPERIOR)

El Ayuntamiento aprueba esta quinta edición de los premios municipales a la excelencia académica abriendo así un espacio público de reconocimiento y recompensa al esfuerzo realizado, más allá de la satisfacción personal que cada alumno/a experimenta ante sus buenos resultados académicos. Esta convocatoria pretende añadir un estímulo para los alumnos, alienta la dedicación al estudio y reconoce de esta manera la excelencia en las nuevas generaciones.

Se trata de una convocatoria con la que el Ayuntamiento de Torrevieja premia y fomenta la cultura del esfuerzo y la superación personal del alumnado de Torrevieja.

Hoy 7 de mayo de 2026 se publica anuncio de la resolución de aprobación de la convocatoria y bases específicas de los V Premios a la Excelencia Académica "Ciudad de Torrevieja". Modalidad: Estudios de Grado Universitarios y otros.

La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y apertura del plazo para presentación de solicitudes está previsto que tenga lugar en la próxima semana. En todo caso, se anunciará en este mismo lugar la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante, así como la apertura del plazo de presentación de solicitudes.

Se recomienda leer detenidamente las bases específicas de la convocatoria de los premios, en particular los apartados de requisitos y documentación a aportar, con el fin de evitar, en la medida de lo posible, errores u omisiones en la solicitud y documentación adjunta.

Hoy 11 de mayo de 2026 ha sido publicada la convocatoria en el BOP de Alicante.

Plazo de solicitud: 15 días hábiles. Del 12/05/2026 al 01/06/2026 ambos inclusive. 

Trámite electrónico.

SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO, EN EL ÁMBITO DE LA ACCIÓN SOCIAL, PARA PROYECTOS LLEVADOS A CABO EN LA ANUALIDAD 2026

El objeto de la presente convocatoria pública es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar el desarrollo de programas de acción social ejecutados por Entidades sin ánimo de lucro, en el Municipio de Torrevieja en el ejercicio 2026, en cualquiera de sus vertientes, preventiva, asistencial, promocional o rehabilitadora, en los ámbitos de actuación contemplados en la base III.

La finalidad es potenciar y diversificar los recursos sociales en el municipio, dando una respuesta eficaz ante las demandas sociales.

Las bases específicas de la convocatoria continúan, en esencia, la línea de actuación del ejercicio anterior. Concretamente, la base IV dice literalmente que “el procedimiento de concesión de subvenciones a que se refiere la  presente convocatoria será el de concurrencia competitiva (…)", sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 55.1 RLGS, habiéndose de llevar a cabo la prelación de las solicitudes que se presenten al amparo de esta convocatoria, de resultar necesario, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la base XIII, siendo la subvención máxima a conceder por proyecto y entidad de 90.000 euros, según se expresa en la base VII, y el crédito presupuestario destinado a financiar las subvenciones previstas en la convocatoria de hasta un máximo de 800.000,00€ (base V). Asimismo, se establece en la base XV la posibilidad para las entidades de solicitar el pago anticipado de la subvención (hasta un 65%), no resultando necesaria la presentación de garantías para el mismo.

La NOVEDAD para este año la encontramos en fase de justificación, concretamente para los proyectos subvencionados con una cantidad igual o superior a 60.000 euros. En estos casos, la asociación o entidad responsable del programa de actuaciones deberá presentar por vía telemática, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja, cuenta justificativa con informe de auditor, en virtud del artículo 74 del R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesLos gastos derivados de la realización de la auditoría de cuentas sobre la cuenta justificativa de la subvención concedida a la entidad es gasto subvencionable hasta un límite de un diez por ciento (10%) del coste total del proyecto.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir de la apertura del mismo. La apertura  de  dicho  plazo  se  producirá  el  día  siguiente  al de  la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

02/03/2026. Subidos los anexos correspondientes a la fase de solicitud de subvención, así como el anuncio de la aprobación de la convocatoria por la entidad y bases específicas que la regulan.

10/03/2026. Publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante. 

Plazo de presentación de solicitudes: 15 días hábiles, a contar desde mañana 11/03/2025

 

SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES INTEGRADAS EN EL ÁREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA ACTUACIONES LLEVADAS A CABO EN 2025 Y MANTENIMIENTO DE SEDE. CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2026.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos y actividades realizados durante el pasado ejercicio 2025 por las asociaciones y entidades que se hallan inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Torrevieja, dentro del ámbito de Participación Ciudadana, para la promoción de la participación ciudadana y así como de actuaciones que propicien la convivencia y la integración de los ciudadanos en la vida sociocultural de la población, así como colaborar en los gastos de funcionamiento/mantenimiento de dichas entidades.

Son objetivos específicos de esta convocatoria:

· Potenciar el tejido social y vecinal de la ciudad.

· Promover la dinamización de la vida colectiva de la ciudad y la relación entre los vecinos.

· Potenciar el trabajo en común entre asociaciones y de éstas con las instituciones y la ciudadanía.

· Promocionar la integración y participación ciudadana en el ámbito local.

· Promocionar actuaciones que propicien la convivencia y la integración de los ciudadanos en la vida sociocultural de la población.

· Favorecer el trabajo realizado a lo largo del pasado año por parte de las asociaciones y otras entidades de Torrevieja dentro del ámbito de Participación Ciudadana.

La finalidad principal de la presente convocatoria es fortalecer y consolidar el movimiento asociativo fomentando el desarrollo de actividades por las diferentes entidades y asociaciones ciudadanas en orden a la participación ciudadana.

El procedimiento de concesión de subvenciones a que se refiere la presente convocatoria será el de concurrencia competitiva, en atención a lo establecido en el Plan Estratégico Municipal de Subvenciones y a la Ordenanza General Reguladora de la concesión de Subvenciones de este Ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 55.1 RLGS.

Tendrán la consideración de beneficiarios las Asociaciones y Entidades que hayan realizado cualquiera de las actividades o actuaciones comprendidas en el objeto de esta convocatoria y cumplan con los requisitos establecidos en el Ordinal 4º de las bases específicas de la convocatoria.

La subvención máxima a conceder por entidad es de 6.000 euros. En consecuencia, se establece que no podrá solicitarse por la entidad una subvención por importe superior, bien exclusivamente por gastos directamente relacionados con la realización de actuaciones y actividades, bien adicionando a los anteriores gastos los correspondientes por funcionamiento y mantenimiento de sede. De solicitarse una cantidad que supere el tope establecido, la Comisión Técnica de Evaluación y Valoración considerará como cantidad solicitada el tope establecido en esta Convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir de la apertura del mismo. La apertura de dicho plazo se producirá el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

HOY 18-02-2026 HA SIDO PUBLICADA LA CONVOCATORIA EN EL BOP DE ALICANTE. Luego mañana jueves (19-02-2026) se abre el plazo de 20 días  hábiles para la presentación de solicitudes.

28-04-2026. FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL, DANDO A LAS ENTIDADES INTERESADAS UN TRÁMITE DE AUDIENCIA DE 10 DÍAS.

20-05-2026. FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA. Se abre plazo de 10 días para presentar el anexo de aceptación de la subvención propuesta.

29-05-2026. Se publica resolución de concesión de las subvenciones a entidades integradas en el área de Participación Ciudadana por actuaciones llevadas a cabo en 2025 y mantenimiento de sede.

Plazo para presentar la justificación: 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución de concesión. Con la fase de justificación habrán de aportarse los anexos VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII y CARTEL.

Ver anexos convocatoria.