Consulta Pública Previa

Los trámites de consulta pública previa tienen por objeto recabar las opiniones de la ciudadanía sobre los futuros textos de disposiciones reglamentarias a través del portal web de la Administración correspondiente.

La consulta pública previa va a permitir tener en cuenta la opinión de los destinatarios de la futura norma incluso antes de proyectarse, cuando todas las opciones de regulación están abiertas, lo que implica reforzar, en buena medida, la participación. Además, va a contribuir a reducir la discrecionalidad administrativa en el ejercicio de la potestad reglamentaria.

Las cuestiones acerca de las que podrá emitirse opinión y/o sugerencia son:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa reglamentaria
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación
c) Los objetivos de la norma reglamentaria
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

A continuación se recoge el listado de las iniciativas y propuestas normativas para las que se encuentra abierto este trámite, indicando el título y la fecha en que finaliza el plazo de la consulta.

TRAMITE EXPOSICIÓN PÚBLICA TRAMITACIÓN LICENCIA AMBIENTAL PARQUE COMERCIAL CON 6 LOCALES Y APARCAMIENTO EN SUPERFICIE

Titular: CORPIC, S.L.

Emplazamiento: AV TIRSO DE MOLINA 1(T) Suelo PARCELA P.P SECTOR 13B ALTOS DEL PESCADOR

Expediente: 24011/2025

Referencia catastral: 5787903YH0058N0001BT

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades, el procedimiento de referencia se somete a información pública por plazo no inferior a 20 días, para que las personas físicas o jurídicas, asociaciones vecinales y cuantos lo consideren oportuno, formulen las alegaciones que tengan por convenientes.
El expediente se podrá examinar en el Negociado de Actividades (Urbanismo), de 9:00 a 13:30 horas.

TRAMITE EXPOSICIÓN PÚBLICA TRAMITACIÓN LICENCIA AMBIENTAL UNIDAD DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE CON LAVADERO

Emplazamiento:C/ JOSÉ LORCA GARCÍA, 7
Expediente:39363/2021
Referencia catastral: 2786215YH0028N0001YH

De conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades, el procedimiento de referencia se somete a información pública por plazo no inferior a 20 días, para que las personas físicas o jurídicas, asociaciones vecinales y cuantos lo consideren oportuno, formulen las alegaciones que tengan por convenientes.
El expediente se podrá examinar en el Negociado de Actividades (Urbanismo), de 9:00 a 13:30 horas.

PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO PARA LA CREACIÓN Y REGULACIÓN DEL COMITÉ LOCAL DE ÉTICA DE LOS SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA

Exp. 19806/2025

CONSULTA PÚBLICA PREVIA

 

En cumplimiento del inciso primero, apartado 1, del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Concejalía de Bienestar Social, somete a consulta pública la próxima elaboración de un proyecto de Reglamento para la creación y regulación del comité local de ética de los servicios sociales del Ayuntamiento de Torrevieja..

En la memoria adjunta se describen los problemas que se pretenden solucionar con esta iniciativa, las razones de la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos que se persiguen con la norma y un análisis de otras posibles alternativas. Podrá ser consultada en la página web del Ayuntamiento de Torrevieja, “Proyectos de Reglamentos y Ordenanzas. Consultas Públicas Previas”, www.torrevieja.es

Las sugerencias y aportaciones a esta consulta previa se podrán formular en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta memoria en el portal web del Ayuntamiento de Torrevieja y a través de algunos de los siguientes cauces de participación:

     a) Dirigidas al siguientes correo electrónico: jnss@torrevieja.eu

    b) En Sede Electrónica Municipal, Concejalía de Bienestar Social “Asunto: Consulta Pública comité local de ética de los servicios sociales del Ayuntamiento de Torrevieja”

 

El Concejal delegado de Bienestar Social

 

Modificación de la Ordenanza reguladora de la Declaración Responsable en materia de obra del Ayuntamiento de Torrevieja.

EXPEDIENTE N.º: 8820/2025

EDICTO:

Dª MARIA SANDRA SÁNCHEZ ANDREU CONCEJAL DELEGADA DE GESTIÓN URBANÍSTICA:

HACE SABER: Que mediante propuesta suscrita, de fecha 02/04/2025 y CSV: 7SNJCGQQWNLPZND6ZNZM46ZNN, se ha iniciado trámite para la redacción y aprobación de la Modificación de la Ordenanza reguladora de la Declaración Responsable en materia de obra del Ayuntamiento de Torrevieja, que tiene por objeto, entre otras, adaptarla tanto a la evolución normativa —especialmente al Texto del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, como a las nuevas exigencias técnico-administrativas en el ámbito urbanístico.
Visto que la tramitación de la misma debe adecuarse a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y Reglamentos.

1.- Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de: a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. b) La necesidad y oportunidad de su aprobación. c) Los objetivos de la norma. d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

2.- Sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos de intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.”
Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular mediante escrito dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja de forma presencial o digitalmente mediante sede electrónica, con referencia al número de expediente y asunto que figuran en el encabezado, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.

Modificación de Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) del Ayuntamiento de Torrevieja

Expediente 6617/2025

D. DOMINGO PAREDES IBÁÑEZ CONCEJAL DELEGADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y Dª MARIA SANDRA SÁNCHEZ ANDREU CONCEJAL DELEGADA DE GESTIÓN URBANÍSTICA:

HACE SABER:

Que mediante propuesta suscrita, de fecha 3 de abril de 2025, se ha iniciado trámite para la redacción y aprobación de la Modificación de Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) del Ayuntamiento de Torrevieja que tiene por objeto, entre otras, adaptarla tanto a la evolución normativa —especialmente al Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004, de 5 de marzo, TRLRHL y su versión vigente desde 1/01/2024), y a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local— como a las nuevas exigencias técnico-administrativas en el ámbito urbanístico.

Visto que la tramitación de la misma debe adecuarse a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y Reglamentos.

1.- Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

2.- Sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos de intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.”

Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular mediante escrito dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja de forma presencial o digitalmente mediante sede electrónica, con referencia al número de expediente y asunto que figuran en el encabezado, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.

MODIFICACIÓN LA ORDENANZA DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA POR RUIDOS Y VIBRACIONES AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA.

EXPTE: 28654/2025

D. FEDERICO ALARCÓN MARTÍNEZ, CONCEJAL DELEGADO CONCEJAL DE ACTIVIDADES DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA.

HACE SABER:

Que mediante propuesta suscrita por mí, de fecha 20 de marzo de 2025, se ha iniciado trámite para la redacción y aprobación de la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA POR RUIDOS Y VIBRACIONES PARA EL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA que tiene por objeto incorporar un cuadro de sanciones, así como otros aspectos derivados de su procedimiento por infracciones a la Ordenanza de protección contra la Contaminación acústica por ruidos y vibraciones.

Visto que la tramitación de la misma debe adecuarse a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Artículo 133. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y Reglamentos.

1.- Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

2.- Sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos de intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.”

Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular mediante escrito dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja de forma presencial o digitalmente mediante sede electrónica, con referencia al número de expediente y asunto que figuran en el encabezado, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.

MEMORIA TÉCNICA DE LA CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA REDACCIÓN DEL PROYECTO DE ORDENANZA DE ZONAS VERDES, ÁREAS NATURALES Y ARBOLADO VIARIO DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA

Nº DE EXPEDIENTE: 102030/2024

La Concejala-Delegada de Parques y Jardines, junto con el Director General de Urbanismo, Proyectos e Infraestructuras y Servicios básicos, con fecha 31 de enero de 2025 (CSV: 6JC7GDZAPEWW97LSLZ5F96HPE), suscriben propuesta de inicio de actuaciones para la redacción del proyecto de Ordenanza de Zonas Verdes, Áreas Naturales y Arbolado Viario del Ayuntamiento de Torrevieja. De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), con carácter previo a la elaboración de la Ordenanza Municipal Reguladora de Aseo Urbano del Ayuntamiento de Torrevieja, se sustancia esta consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por dicha Ordenanza acerca de:

1. Problemas que se pretenden solucionar

2. Necesidad y oportunidad de la aprobación

3. Objetivos de la normativa

4. Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias

Consulta Pública El trámite de consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones, a fin de poder conformar una propuesta de Ordenanza de Aseo Urbano. Se invita a la ciudadanía, asociaciones vecinales, entidades ecologistas, profesionales del sector y cualquier otra persona interesada a presentar sus opiniones y sugerencias. Para ello, se habilita un período de 20 días hábiles a partir de la publicación de esta consulta en la sede electrónica del Ayuntamiento. Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular mediante escrito dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja de forma presencial o mediante sede electrónica, con referencia al número de expediente y asunto que figuran en el encabezado, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.

 

 

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS Y OTROS SERVICIOS URBANÍSTICOS (TLU) DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA

EXPEDIENTE: 98101/2023

EDICTO

El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Torrevieja, y por delegación, el Concejal-Delegado de Hacienda, hace saber:

Para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de la “Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas y Otros Servicios Urbanísticos (TLU) del Ayuntamiento de Torrevieja”, se ha de sustanciar una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura ordenanza.

A los efectos de facilitar la consulta pública previa a la elaboración de dicha Ordenanza, se publica junto al presente EDICTO, Memoria Técnica sobre los enunciados que se indican y que responden a:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular mediante escrito dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja de forma presencial o mediante sede electrónica, con referencia al número de expediente y asunto que figuran en el encabezado, en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.

PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO (SAD) EN EL MUNICIPIO DE TORREVIEJA

Expediente: 116122/2024

Fecha de publicación: 21/01/2025

 

 

CONSULTA PÚBLICA PREVIA

En aplicación del artículo 133.1 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Concejalía de Bienestar Social somete a consulta pública previa la próxima elaboración de un proyecto de REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO (SAD) EN EL MUNICIPIO DE TORREVIEJA.

De acuerdo con la normativa aplicable se describen en la MEMORIA QUE SE ADJUNTA a continuación, los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta memoria en el portal web del Ayuntamiento de Torrevieja.

Y a través de algunos de los siguientes cauces de participación:

a) Dirigidas al siguiente correo electrónico: jnss@torrevieja.eu

b) En el Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja

Aprobación inicial de la Ordenanza para la gestión del "Programa de ayuda para actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio", PRTR, según R.D. 853/2021 (INFORMACIÓN PÚBLICA)

N. Expediente 21059/2023

Fecha de publicación: 10/10/2024

Fecha de finalización del plazo: 30 días hábiles.

 

EDICTO: D. EDUARDO DOLÓN SÁNCHEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA

HACE SABER: Que según certificado del Acuerdo de Pleno celebrado el día 30 de septiembre de 2024, de fecha 2 de octubre de 2024 y con CSV: 5NZT6RGNCW6R999XALFPDE7RW, se acordó:

1. Aprobar inicialmente por el Pleno de la Corporación la “ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS OBRAS DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA Y ACTUACIONES DE URBANIZACIÓN EN EL ÁMBITO DEL ENTORNO RESIDENCIAL DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA DE TORREVIEJA”, y cuyo contenido que figura en el expediente que nos ocupa, con CSV: 66JCKC47P9TTDZA6R4KTWC77H y fecha 15.05.2024, y que a continuación de este acuerdo se incluye como Anexo I.

2. Someter a información pública y dar audiencia a los interesados por plazo mínimo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias de la “Ordenanza Municipal Reguladora de las Obras de Rehabilitación energética y actuaciones de urbanización en el ámbito del Entorno Residencial de Rehabilitación programada de Torrevieja”. Se llevará a cabo mediante publicación de un extracto de dicha aprobación inicial por el Pleno en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento