Consulta Pública Previa

Los trámites de consulta pública previa tienen por objeto recabar las opiniones de la ciudadanía sobre los futuros textos de disposiciones reglamentarias a través del portal web de la Administración correspondiente.

La consulta pública previa va a permitir tener en cuenta la opinión de los destinatarios de la futura norma incluso antes de proyectarse, cuando todas las opciones de regulación están abiertas, lo que implica reforzar, en buena medida, la participación. Además, va a contribuir a reducir la discrecionalidad administrativa en el ejercicio de la potestad reglamentaria.

Las cuestiones acerca de las que podrá emitirse opinión y/o sugerencia son:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa reglamentaria
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación
c) Los objetivos de la norma reglamentaria
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

A continuación se recoge el listado de las iniciativas y propuestas normativas para las que se encuentra abierto este trámite, indicando el título y la fecha en que finaliza el plazo de la consulta.

Consulta pública previa a la elaboración del nuevo Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja

ASUNTO: Consulta pública previa a la elaboración del nuevo Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja.

 

En aplicación del artículo 133.1 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Concejalía de Policía somete a consulta pública previa la próxima elaboración del proyecto de Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja para recabar la opinión de los sujetos y organizaciones representativas potencialmente afectados por dicho futuro Reglamento.

En este sentido, el apartado a) del artículo 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que corresponde a los municipios las potestades reglamentaria y de autoorganización, regulándose en el artículo 49 del mismo texto legal el procedimiento para la aprobación de las Ordenanzas Municipales y por extensión de los Reglamentos Municipales.

Por su parte, el Título Primero del Libro Tercero del Código Civil, aprobado por Real Decreto de 24 de julio de 1889, regula, dentro de los diferentes modos de adquirir la propiedad, la figura de la ocupación y más concretamente el artículo 615 de dicho texto legal establece el procedimiento a seguir respecto de los objetos perdidos, disponiendo que el hallador de un objeto extraviado cuyo propietario no sea conocido debe consignarlo en poder del Alcalde del Pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.

En la actualidad, el servicio de objetos perdidos es gestionado por la Policía Local de Torrevieja, departamento al que diariamente llegan una gran cantidad de pertenencias extraviadas por las personas que residen y visitan nuestra ciudad y que son entregadas a los Agentes o en la Jefatura.

Hasta el momento, no existía un Reglamento que estableciese el procedimiento en la tramitación de los objetos perdidos desde su entrega a la Policía Local hasta su restitución a su titular o en su caso integración en el patrimonio municipal una vez transcurrido el plazo de 2 años que establece el propio artículo 615 del Código Civil.

Existiendo pues una necesidad de dar seguridad jurídica no sólo a las personas que han extraviado sus pertenencias, sino también a los propios Agentes de la Policía Local que recaban los objetos perdidos o que realizan la tramitación del procedimiento de localización, entrega o en su caso incorporación al patrimonio municipal, se impulsa por parte del Inspector S-03 este Reglamento Municipal de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Torrevieja.

A los efectos de facilitar la consulta pública previa a la elaboración de dicho Reglamento, se publica en la página web municipal del Ayuntamiento de Torrevieja en el apartado “Proyectos de Reglamentos y Ordenanzas. Consultas Públicas Previas” en la dirección www.torrevieja.es, así como en el Tablón de Edictos Municipal.

Las sugerencias y aportaciones a esta consulta pública previa se podrán formular a través de los siguientes cauces en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el portal web municipal y en el Tablón de Edictos Municipal:

- Mediante escrito o correo electrónico a inspector.s003policia@torrevieja.eu.

- Mediante escrito dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Torrevieja de forma presencial o mediante sede electrónica.

                                                                                      El Concejal Delegado de Policía.

ORDENANZA FISCAL Y DE USO DEL RECINTO DE MERCADOS POR ATRACCIONES DE FERIA

Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.

c) Los objetivos de la norma.

d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Se publica al objeto de realizar la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa y recibir la opinión de los sujetos y organizaciones que se puedan ver afectados, todo ello por un plazo de 30 días naturales contados desde el siguiente a su publicación.

 

EDICTO Planta de almacenamiento temporal y transferencia de algas y podas en ámbito del servicio público municipal de recogida de residuos (Exposición al público)

Al ser una actividad sujeta a evaluación de impacto ambiental procede someter el expediente a información pública por un plazo no inferior a 20 días para que las personas físicas o jurídicas, asociaciones vecinales y quienes lo consideren conveniente, formulen las alegaciones que estimen oportunas según la :Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.

SOMETIMIENTO A INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PLAN DE EMERGENCIA FRENTE AL RIESGO SÍSMICO Y DEL PLAN DE EMERGENCIA Y SALVAMENTO EN PLAYAS, APROBADOS EN JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 17 DE FEBRERO DE 2023

Someter a información pública, por el plazo de 30 días hábiles, según se establece en el Art. 23 de la Ley 13/2010 de la Generalitat Valenciana, de 23 de Noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias y en el Artículo 51 del Decreto Legislativo 1/2021 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio Urbanismo, remitiéndolos al Boletín Oficial de la Provincia, a un diario no oficial de amplia difusión en la localidad y publicándose en la página web del Ayuntamiento de Torrevieja, durante el cual podrán presentarse cuantas sugerencias, alegaciones y documentos que se estimen oportuno.

Procedimiento de Elaboración del Reglamento Orgánico del Consejo Municipal de Personas con Diversidad Funcional del Ayuntamiento de Torrevieja (Periodo 20 días)

El Ayuntamiento de Torrevieja ha resuelto construir una ciudad inclusiva, accesible e igualitaria  desde el ámbito de sus competencias. Por ello, y siguiendo la línea iniciada con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana de Torrevieja, se hace necesario proceder a redactar una norma orgánica que regule la participación del colectivo de personas con diversidad funcional de Torrevieja en el marco de un Consejo Municipal que determine su composición, funciones y organización, impulsando iniciativas que afecten a la ciudadanía en su conjunto. Este Consejo pretende dar un espacio participativo propio a las personas con diversidad funcional así como a sus familias a través de las entidades que velan por sus intereses en Torrevieja.

 

Plan especial de accesibilidad del municipio de Torrevieja (Periodo 20 días)

El objeto del plan es la definición, a escala municipal, de las actuaciones necesarias a llevar a cabo para mejorar la accesibilidad tanto de las vías públicas de la ciudad, como del acceso a los edificios públicos y a los elementos de transporte, según aplicación de la normativa de accesibilidad vigente. La necesidad se establece debido al estado actual de las vías públicas de la ciudad, las cuales están formadas por aceras en mal estado y de anchura inferior a lo establecido en la normativa de accesibilidad vigente, así como a la falta de pasos de peatones y accesos a paradas de autobús accesibles

Plan especial de carriles bici del municipio de Torrevieja (Periodo 20 días)

El objeto del plan es mejorar la movilidad en bicicleta del término municipal de Torrevieja, a nivel básico, mejorando así el transporte sostenible y reducir, al tiempo, los gases de efecto invernadero generados por el tráfico privado.

La necesidad se establece debido a la alta demanda de este tipo de transporte en la ciudad, y que en la mayoría de casos las bicicletas transitan por las calzadas, incrementando el peligro que conlleva tanto para el ciclista como para el vehículo, así como desarrollar el plan de acción definido en el nuevo Plan de Movilidad Urbana Sostenible de Torrevieja, que define como una de las medidas a implementar la mejora de la red de carriles bici de la ciudad.

Consulta Pública para elaboración proyecto Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Derechos de Examen y Participación en Procesos Selectivos (Art. 133.1 Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común).

Consulta Pública para elaboración proyecto Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Derechos de Examen y Participación en Procesos Selectivos (Art. 133.1 Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común). El plazo es de 20 días hábiles, comenzando el 31 de Agosto y terminando el 27 de Septiembre.