Ayudas y Subvenciones

CONVOCATORIA DEL PROCESO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS DEL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA PARA EL EJERCICIO 2025

Las sociedades democráticas avanzadas han reorientado en los últimos años su acción política y su diseño institucional desde estructuras burocráticas de conocimiento y toma de decisiones, hacia un enfoque más holístico y flexible, focalizado sobre la participación, la apertura informativa y la coproducción de conocimiento y servicios.

La Constitución Española de 1978 garantiza en sus artículos 23 y 105.b el derecho de la ciudadanía a la participación en los asuntos públicos. Una apreciable producción normativa y jurisprudencial ha dado contenido y ha desarrollado este derecho. La Unión Europea, en diferentes momentos, ha adoptado directivas, como las directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE de alcance sectorial, que han sido transpuestas al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

También el Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana en su artículo 9.4 considera que la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los asuntos públicos constituye uno de los pilares básicos sobre los que se desarrollan y toman forma la democracia avanzada y el autogobierno. Posteriormente, este derecho se vio desarrollado por la Ley 2/2015, de 2 de abril, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de  la Comunitat Valenciana  y, más recientemente,  por  la Ley 4/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo de la Comunitat Valenciana.

En definitiva, el marco jurídico actual reconoce la participación ciudadana como un derecho fundamental.

Habitualmente los denominados presupuestos participativos no son más que una forma de participación de los ciudadanos en la elaboración del presupuesto municipal. Y están basados en una forma de gestión más democrática en los municipios, y, puesto que éstos son la estructura de la organización territorial del Estado más cercana a los ciudadanos, es la más proclive para la aplicación de este tipo de consultas democráticas.

En este sentido el Reglamento Orgánico del Presupuestos Participativos del Ayuntamiento de Torrevieja, aprobado por Acuerdo de Pleno de fecha 08-04-2022, es la herramienta a través de la cual el Ayuntamiento posibilita establecer el proceso de participación de la ciudadanía en la gestión de los Presupuestos Participativos, así como sus reglas de funcionamiento.

Ha sido el propio municipio de Torrevieja el que se ha autoimpuesto la obligación de realizar esta consulta mediante norma reglamentaria en la vida pública del Ayuntamiento. Recordemos que el art. 1.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local -LRBRL- define los municipios como entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. Y el art. 4 LRBRL atribuye al municipio la potestad reglamentaria y de autoorganización. También el art. 128.1 LPACAP establece que el ejercicio de la potestad reglamentaria corresponde (además de al Gobierno de la Nación y a los órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas), a los órganos de gobierno Locales, de acuerdo con lo previsto en la Constitución, los Estatutos de Autonomía y la LRBRL.

El proceso de Presupuestos Participativos prevé la constitución de un Grupo Motor. Si deseas formar parte integrante del mismo deberás formalizar tu solicitud del 20 al 28 de Junio de 2024, mediante instancia general presentada en el Registro General del Ayuntamiento y dirigida a la Concejalía de Participación Ciudadana.

El Grupo Motor es un grupo formado por vecinos y vecinas de Torrevieja que colaboran de forma voluntaria en el desarrollo del Presupuesto Participativo, motivando e implicando a la ciudadanía a participar en el proceso, así como colaborando en la información y difusión del mismo.

Posteriormente, en Asamblea Ciudadana, a celebrar el 5 de julio de 2024, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, se procederá a la elección de sus miembros por orden de prioridad según el número de votos recibidos por cada aspirante, mediante el procedimiento de mano alzada.

El proceso de presupuestos participativos 2025 del Ayuntamiento de Torrevieja ha concluido sin que ninguna de las propuestas presentadas haya alcanzado el mínimo número de apoyos ciudadanos necesarios (fijados en 20) para poder pasar a la siguiente fase del proceso participativo.

SUBVENCIONES CLUBES DEPORTIVOS 2024

Extracto de la Resolución de 24 de abril de 2024 de la Junta de Gobierno Local y por Delegación de ésta en el Sr. Concejal de Economía y Hacienda por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a Clubes Deportivos de Torrevieja para el ejercicio 2024.

[…]

Primero. Requisitos de los solicitantes y beneficiarios.

1. Beneficiarios de las subvenciones

Podrán participar en esta convocatoria los Clubes deportivos legalmente constituidos, adaptados a la Ley 2/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat Valenciana, del Deporte y la Actividad Física de la Comunidad Valenciana, inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana y en el Registro de Asociaciones Vecinales de Torrevieja, con domicilio social en la ciudad de Torrevieja, con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y que cumplan los requisitos que establece esta convocatoria.

2. Exclusiones

Con carácter específico quedan excluidos expresamente de esta convocatoria:

  • Las Federaciones Deportivas y por tanto, sus Delegaciones Provinciales.

  • Las Sociedades Anónimas Deportivas, las Entidades de Promoción y Recreación Deportiva y los clubes que compitan en ligas profesionales.

  • Los Clubes deportivos que tengan firmado convenio con el Ayuntamiento de Torrevieja para el mismo concepto, en relación con las competiciones y equipos incluidos en el convenio.

  • Las Entidades Deportivas pertenecientes a universidades públicas o privadas.

 

Con carácter general:

De acuerdo con lo dispuesto en los apartados segundo y tercero del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Clubes Deportivos que se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas.

 

Para obtener la condición de beneficiario, las entidades solicitantes deberán acompañar en este momento certificaciones de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Torrevieja.

 

Igualmente, para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones en esta convocatoria, las entidades beneficiarias deben haber justificado en su totalidad las subvenciones anteriormente percibidas del Ayuntamiento de Torrevieja, y en su caso, hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de las mismas.

 

Segundo. Finalidad y Objeto:

La finalidad de la concesión de estas subvenciones es contribuir al fomento y práctica del deporte en la ciudad de Torrevieja.

De acuerdo con la finalidad de las presentes bases, éstas tienen por objeto:

2.1. Promocionar la participación en competiciones federadas de los equipos de categoría Benjamín, Alevín, Infantil, Cadete, Juvenil/Junior y Senior/Veterano durante el año 2024 o temporada 2023/2024 pertenecientes a clubes deportivos de Torrevieja.

 

Tercero. Bases reguladoras:

 

Decreto del Sr. Concejal de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Torrevieja de fecha 24 de abril de 2024, por el que se aprueban las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones a Clubes Deportivos de Torrevieja para el ejercicio 2024.

Bases publicadas en:

Cuarto. Cuantía:

La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de estas Bases se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria partida 341.48001 del presupuesto del año 2024, por importe total de 400.000 euros.

 

Quinto. Plazo de presentación solicitudes.

Según el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones, las presentes bases se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y posteriormente se publicarán en el Boletín Oficial de la provincia.

 

El plazo para presentar las solicitudes a las que se refiere esta convocatoria será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Plazo para presentar las solicitudes desde el 30 de abril hasta el 21 de mayo de 2024

[...]

 

PROGRAMA MIXTO DE EMPLEO-FORMACIÓN T´AVALEM BARCO DE SAL. Proceso selección personal directivo, docente y alumnado

El proyecto de PROGRAMA MIXTO DE EMPLEO-FORMACIÓN "T´AVALEM BARCO DE SAL" que presenta el Ayuntamiento de Torrevieja propone una acción formativa que tiene a la cultura como eje dinamizador de la lucha contra la discriminación y contará con la implantación de dos certificados de profesionalidad. 

  • Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales (ADGG0408). 
  • Actividades administrativas en la relación con el cliente (ADGG0208). 

Estos programas se configuran como programas mixtos de empleo y formación, que promovidos principalmente por entidades locales tienen como objetivo incrementar la empleabilidad de personas desempleadas o con empleo precario registradas en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo, con la finalidad de facilitar su inserció0n laboral, combinando la formación con el empleo, mediante la realización de acciones formativas en alternancia con la realización de obras o la prestación de servicios de utilidad pública o interés social, primándose aquellos proyectos de carácter innovador teniéndose en cuenta su incidencia en nuevos yacimiento de empleo. 

Hoy  6 de septiembre de 2024 se ha iniciado el proceso de selección de una plaza vacante correspondiente al certificado de profesionalidad de nivel 2, ADGG0208 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS EN LA RELACIÓN CON EL CLIENTE que se iniciará el próximo 2 de octubre de 2024 y durará hasta el 9 de junio de 2025, fecha de finalización del proyecto.

 

Instrucción del Director General LABORA-Servicio Valenciano de Empleo y Formación para la selección del alumnado trabajador participante en los proyectos T´AVALEM

- ACTA 1_Comisión de selección plaza vacante alumnado trabajador T´AVALEM certificado de profesionalidad nivel 2

- ACTA 2 de reunión telemática listado candidatos alumnado trabajador T´AVALEM BARCO DE SAL .

-ACTA 3 provisional selección alumnado trabajador T´AVALEM BARCO DE SAL certificado de profesionalidad nivel  2

-ACTA 4 definitiva selección alumnado trabajador correspondiente certificado de profesionalidad de nivel 2 T´AVALEM BARCO DE SAL

Declaraciones responsables a cumplimentar y firmar por los candidatos preseleccionados por LABORA

- Declaración responsable persona joven.

- Declaración responsable participación en programas MIXTOS.

- Declaración responsable no abandono programas MIXTOS.

 

 

 

 

 

 

BASES ESPECÍFICAS MODIFICADAS Y NUEVA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EN EL ÁMBITO DE LA ACCIÓN SOCIAL, PARA PROYECTOS LLEVADOS A CABO EN 2024 (ONGs)

El objeto de la presente convocatoria pública es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar el desarrollo de programas de acción social ejecutados por Entidades sin ánimo de lucro, en el Municipio de Torrevieja en el ejercicio 2024, en cualquiera de sus vertientes, preventiva, asistencial, promocional o rehabilitadora, en los ámbitos de actuación contemplados en la base III específica de la convocatoria.

Concretamente son:

. - Atención a las situaciones de riesgo y/o exclusión social:

+Programas de intervención social con personas en situación de riesgo o exclusión social.

+Atención inmediata a personas en situación de riesgo o exclusión social.

.- Atención a la familia e infancia.

+Proyectos que realicen programas de educación familiar y acompañamiento a familias.

+Proyectos en parentalidad positiva.

+Programas de apoyo a familias con menores que presentan diversidad funcional.

+Proyectos de apoyo a familias que sufren violencia intrafamiliar.

.- Atención a la mujer y promoción de la igualdad de oportunidades.

+Programas de apoyo a mujer en situación de violencia de género.

+Programas de apoyo a mujeres en situación social de especial necesidad no cubiertos con otros recursos.

.- Atención a las personas con diversidad funcional.

+Programas que fomenten la intervención comunitaria en el ámbito de las personas con diversidad funcional.

+Programas que faciliten el acceso a recursos y servicios para personas con diversidad funcional.

+Programas destinados al estudio y diagnóstico para valorar las necesidades y derivar a los recursos necesarios con diversidad funcional.

+Programas que promuevan el voluntariado.

+Programas que promuevan la intervención y la coordinación con el resto de servicios de la comunidad.

+Programas que promuevan actividades lúdicas para personas con diversidad funcional

+Promover el deporte adaptado.

.- Atención a las personas en situación de dependencia.

+Proyectos que promuevan el voluntariado para el acompañamiento a personas mayores y dependientes.

+Campañas de sensibilización sobre la repercusión de los efectos en el ámbito sociofamiliar de las personas con dependencia.

+Proyectos que promuevan la convivencia en personas mayores y dependientes.

+Proyectos de formación e investigación en el ámbito de la dependencia.

.- Drogodependencias y trastornos adictivos.

+Proyectos que incorporen aspectos de autoapoyo, apoyo mutuo, grupos de autoayuda, refuerzo personal y emocional, normalización y refuerzo al núcleo familiar, y que no reciban tratamientos dispensados por centros y servicios especializados.

+Proyectos dirigidos a facilitar asistencia básica a personas en situación de exclusión social por trastornos adictivos.

+Programas diseñados para evitar los procesos de recaída.

Su tramitación se realizará por medios electrónicos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.

Los requisitos para poder obtener la condición de beneficiarios son:

1.- Ser una Entidad sin ánimo de lucro cuyo ámbito de actuación sea la acción social en los ámbitos de actuación recogidos en la base tercera.

2.- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Torrevieja, estando al día de las obligaciones inherentes a ello, en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP correspondiente. Se comprobará dicho requisito de oficio por parte de la Concejalía de Participación Ciudadana.

3.- Que esté desarrollando su actividad en el municipio de Torrevieja al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP correspondiente (dato que se debe declarar en al Anexo I de solicitud).

4.- Contar con sede, domicilio social o delegación en Torrevieja.

5.- Que dispongan de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y los del proyecto presentado a la presente convocatoria.

6.- Que el proyecto se lleve a cabo en el ejercicio 2024 y esté relacionado con la actividad propia de la Asociación o entidad.

7.- Estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social, con sus obligaciones tributarias y con la Hacienda Local municipal.

8.- Haber justificado técnica y económicamente las subvenciones que les hayan sido concedidas por este Ayuntamiento, en materia de Acción Social, en ejercicios anteriores; salvo que se encuentren en periodo de presentación.

9.- No estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

10.- No haber sido sancionada con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones o Sanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto).

La subvención máxima a conceder por proyecto y Entidad es de 90.000 €. Además, la cuantía a conceder, con el límite máximo arriba expuesto, no podrá exceder del 80% del coste total del proyecto, en cuyo caso se reducirá para no superar ese límite.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábilescontados a partir de la apertura del mismo. La apertura  de  dicho  plazo  se  producirá  el  día  siguiente  al de  la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

** Hoy, día 13 de junio de 2024, queda publicado en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Torrevieja el Acta de la Comisión Técnica con la valoración de resolución provisional de la subvención.  En consecuencia, a partir del día de hoy, se abre un plazo de audiencia de diez días para presentar las alegaciones que se estimen convenientes. **

Hoy 8 de Julio de 2024 queda publicada en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja y web municipal (torrevieja.es/ayudas y subvenciones) acta resolutoria de las alegaciones presentadas por las entidades interesadas en trámite de audiencia.

Hoy 18 de Julio de 2024 queda publicada en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja y web municipal (torrevieja.es/ayudas y subvenciones) propuesta de resolución definitiva, concediéndose un plazo de diez días para presentación del anexo de aceptación de la subvención propuesta y solicitud, en su caso, del pago anticipado.

Con fecha 29 de julio de 2024, ha quedado resuelta la convocatoria de Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito de la acción social, para proyectos llevados a cabo en el ejercicio 2024.

Hoy 21 de octubre de 2024 se suben los anexos correspondientes a la fase de justificación de la subvención.

Se recuerda a todas las entidades beneficiarias que el plazo de justificación de la subvención concedida es hasta el 15 de noviembre de 2024.

*CONVOCATORIA DEJADA SIN EFECTO* ANUALIDAD 2024. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO, EN EL ÁMBITO DE LA ACCIÓN SOCIAL, PARA PROYECTOS LLEVADOS A CABO EN 2024.

El objeto de la presente convocatoria pública es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar el desarrollo de programas de acción social ejecutados por Entidades sin ánimo de lucro, en el Municipio de Torrevieja en el ejercicio 2024, en cualquiera de sus vertientes, preventiva, asistencial, promocional o rehabilitadora, en los ámbitos de actuación contemplados en la base III específica de la convocatoria.

Concretamente son:

. - Atención a las situaciones de riesgo y/o exclusión social:

+Programas de intervención social con personas en situación de riesgo o exclusión social.

+Atención inmediata a personas en situación de riesgo o exclusión social.

.- Atención a la familia e infancia.

+Proyectos que realicen programas de educación familiar y acompañamiento a familias.

+Proyectos en parentalidad positiva.

+Programas de apoyo a familias con menores que presentan diversidad funcional.

+Proyectos de apoyo a familias que sufren violencia intrafamiliar.

.- Atención a la mujer y promoción de la igualdad de oportunidades.

+Programas de apoyo a mujer en situación de violencia de género.

+Programas de apoyo a mujeres en situación social de especial necesidad no cubiertos con otros recursos.

.- Atención a las personas con diversidad funcional.

+Programas que fomenten la intervención comunitaria en el ámbito de las personas con diversidad funcional.

+Programas que faciliten el acceso a recursos y servicios para personas con diversidad funcional.

+Programas destinados al estudio y diagnóstico para valorar las necesidades y derivar a los recursos necesarios con diversidad funcional.

+Programas que promuevan el voluntariado.

+Programas que promuevan la intervención y la coordinación con el resto de servicios de la comunidad.

+Programas que promuevan actividades lúdicas para personas con diversidad funcional

+Promover el deporte adaptado.

.- Atención a las personas en situación de dependencia.

+Proyectos que promuevan el voluntariado para el acompañamiento a personas mayores y dependientes.

+Campañas de sensibilización sobre la repercusión de los efectos en el ámbito sociofamiliar de las personas con dependencia.

+Proyectos que promuevan la convivencia en personas mayores y dependientes.

+Proyectos de formación e investigación en el ámbito de la dependencia.

.- Drogodependencias y trastornos adictivos.

+Proyectos que incorporen aspectos de autoapoyo, apoyo mutuo, grupos de autoayuda, refuerzo personal y emocional, normalización y refuerzo al núcleo familiar, y que no reciban

tratamientos dispensados por centros y servicios especializados.

+Proyectos dirigidos a facilitar asistencia básica a personas en situación de exclusión social por trastornos adictivos.

+Programas diseñados para evitar los procesos de recaída.

Su tramitación se realizará por medios electrónicos en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-.

El importe destinado al otorgamiento de las subvenciones previstas en la presente convocatoria será de 417.647,50€.

Los requisitos para poder obtener la condición de beneficiarios son:

1.- Ser una Entidad sin ánimo de lucro cuyo ámbito de actuación sea la acción social en los ámbitos de actuación recogidos en la base tercera.

2.- Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Torrevieja, estando al día de las obligaciones inherentes a ello, en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP correspondiente. Se comprobará dicho requisito de oficio por parte de la Concejalía de Participación Ciudadana.

3.- Que esté desarrollando su actividad en el municipio de Torrevieja al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP correspondiente (dato que se debe declarar en al Anexo I de solicitud).

4.- Contar con sede, domicilio social o delegación en Torrevieja.

5.- Que dispongan de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y los del proyecto presentado a la presente convocatoria.

6.- Que el proyecto se lleve a cabo en el ejercicio 2024 y esté relacionado con la actividad propia de la Asociación o entidad.

7.- Estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social, con sus obligaciones tributarias y con la Hacienda Local municipal.

8.- Haber justificado técnica y económicamente las subvenciones que les hayan sido concedidas por este Ayuntamiento, en materia de Acción Social, en ejercicios anteriores; salvo que se encuentren en periodo de presentación.

9.- No estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

10.- No haber sido sancionada con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones o Sanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto).

La subvención máxima a conceder por proyecto y Entidad es de 50.000 €. Además, la cuantía a conceder, con el límite máximo arriba expuesto, no podrá exceder del 80% del coste total del proyecto, en cuyo caso se reducirá para no superar ese límite.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir de la apertura del mismo. La apertura  de  dicho  plazo  se  producirá  el  día  siguiente  al de  la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

 

¡IMPORTANTE! 

Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, número 52, de fecha 13 de marzo de 2024, la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito de la acción social, para proyectos llevados a cabo en 2024. Se ha considerado la conveniencia de modificar las bases inicialmente aprobadas que regirán la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito de la acción social, para proyectos llevados a cabo en 2024, y a tal efecto, desistir y dejarla sin efecto, quedando pendiente la publicación de una nueva convocatoria próximamente.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES, INTEGRADAS EN EL ÁREA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, PARA PROYECTOS LLEVADOS A CABO EN 2023 Y MANTENIMIENTO DE SEDE.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos y actividades realizados durante el pasado ejercicio 2023 por las asociaciones y entidades que se hallan inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Otras Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Torrevieja, dentro del ámbito de Participación Ciudadana, para la promoción de la participación ciudadana y así como de actuaciones que propicien la convivencia y la integración de los ciudadanos en la vida sociocultural de la población, así como colaborar en los gastos de funcionamiento de dichas entidades.

Son objetivos específicos de esta convocatoria:

· Potenciar el tejido social y vecinal de la ciudad.

· Promover la dinamización de la vida colectiva de la ciudad y la relación entre los vecinos.

· Potenciar el trabajo en común entre asociaciones y de éstas con las instituciones y la ciudadanía.

· Promocionar la integración y participación ciudadana en el ámbito local.

· Promocionar actuaciones que propicien la convivencia y la integración de los ciudadanos en la vida sociocultural de la población.

· Favorecer el trabajo realizado a lo largo del pasado año por parte de las asociaciones y otras entidades de Torrevieja dentro del ámbito de Participación Ciudadana.

La finalidad principal de la presente convocatoria es fortalecer y consolidar el movimiento asociativo fomentando el desarrollo de actividades por las diferentes entidades y asociaciones ciudadanas en orden a la participación ciudadana.

El procedimiento de concesión de subvenciones a que se refiere la presente convocatoria será el de concurrencia competitiva, en atención a lo establecido en el Plan Estratégico Municipal de Subvenciones y a la Ordenanza General Reguladora de la concesión de Subvenciones de este Ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 55.1 RLGS.

Tendrán la consideración de beneficiarios las Asociaciones y Entidades que hayan realizado cualquiera de las actividades o actuaciones comprendidas en el objeto de esta convocatoria y cumplan con los requisitos establecidos en el Ordinal 4º de las bases de la convocatoria.

La subvención máxima a conceder por entidad es de 6.000 euros. En consecuencia, se establece que no podrá solicitarse por la entidad una subvención por importe superior, bien exclusivamente por gastos directamente relacionados con la realización de actuaciones y actividades, bien adicionando a los anteriores gastos los correspondientes por funcionamiento y mantenimiento de sede. De solicitarse una cantidad que supere el tope establecido, la Comisión Técnica de Evaluación y Valoración considerará como cantidad solicitada el tope establecido en esta Convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir de la apertura del mismo. La apertura de dicho plazo se producirá el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

    - El día 26/02/2024, se ha abierto el plazo de presentación de solicitudes, tras haber sido publicado el extracto de la convocatoria en el BOP de Alicante, el 23/02/2024.

     - El 29/04/2024 se publica propuesta de resolución provisional, concediendo trámite de audiencia por un plazo de diez días hábiles.

     - El día 17/05/2024 se ha publicado la propuesta de resolución definitiva, concediendo a las entidades interesadas un plazo de 10 días hábiles para presentar por sede electrónica el Anexo de aceptación de la subvención propuesta.

      - Desde hoy, día 31/05/2024 se dispone de un plazo de 15 días hábiles para la presentación de la justificación de la subvención, siendo por tanto, la fecha límite el próximo 20/06/2024

 

ANEXOS A PRESENTAR ÚNICAMENTE EN FASE DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN:

  • VI - Cuenta Justificativa
  • VII - Relación secuencial de gastos
  • VIII - RD Sobre financiación de las actuaciones objeto de subvención
  • IX - Declaración cumplimiento finalidad
  • X - Declaración sobre reintegro de subvenciones
  • XI - Declaración sobre IVA
  • XII - Justificación de gastos afrontados con fondos propios u otros 
  • Cartel publicidad subvención

(Anexos disponibles en el apartado de archivos )

CONCESION DE SUBVENCION NOMINATIVA A LA ENTIDAD ADIEM SENTIT FUNDACIÓN COMUNITAT VALENCIANA

El Ayuntamiento de Torrevieja mediante decreto de 23 de noviembre de 2023 concedió a la entidad ADIEM SENTIT FUNDACIÓN COMUNITAT VALENCIANA una subvención nominativa por importe de 100.000 euros para el impulso de un proyecto cuyo objetivo general es ayudar a desarrollar procesos de recuperación individualizados e integrales que favorezcan la adquisición y recuperación de las habilidades y competencias personales y sociales de las personas con discapacidad por enfermedad mental grave, desde un trabajo de planificación centrado en la persona y fomentando su capacidad de decisión y gestión de su vida personal, potenciando el empoderamiento de las personas, a través de la colaboración en la nueva construcción de un Centro de Día para personas con problemas de salud mental grave, de 30 plazas, en el municipio de Torrevieja.