CONVENIO Nº 11. VILLASOL II
SUELO URBANO
Sector: Villa Sol II.
Superficie: 64.390 m².
Planeamiento: Convenio Nº 11.
Fecha Aprob. Definitiva: 18 de marzo de 1983.
Proyecto de Urbanización Aprob. Def.: 11 de mayo de 1984.
Proyecto de Compensación Aprob. Def.: 30 de junio de 1984.
Aprovechamiento Tipo: 0'69 m²/m² u.c.
SUPERFICIE | OCUPACIÓN MÁXIMA |
VOLUMEN MÁXIMO |
TIPO EDIF. |
ALTURA MÁXIMA |
|
VIALES | 18.400 M² | ||||
ZONA VERDE | 18.400 M² | ||||
RESIDENCIAL PRIVADO | 24.840 M² | 30% | 1'9 M3/M² | BL/AL AS |
2 P 3 P |
RESIDENCIAL CESIÓN | 2.750 M² | 30% | 1'9 M3/M² | ||
TOTAL | 64.390 M² |
a). Condiciones del solar:
Se mantendrán las alineaciones y rasantes existentes mientras no se hallen expresamente modificadas en la documentación gráfica del presente Plan.
La parcela mínima se establece en función del tipo de edificación permitido.
Se exigirán todos los servicios urbanísticos definidos como condiciones mínimas de urbanización.
b). Actuaciones complementarias:
Se relacionan a continuación los compromisos adquiridos por el promotor en el respectivo Convenio y su ejecución o no, a efectos de caducidad, debiendo dar cumplimiento a los mismos en un plazo no superior a un año tras la aprobación definitiva del presente Plan.
Escritura de cesión: Pendiente.
Aval bancario: (1.480.000 ptas.) Presentado por tiempo indefinido, hasta la recepción definitiva por la Administración de los servicios.
c). Otros compromisos:
Cesión del 10% del aprovechamiento medio.
d). Otras condiciones particulares:
Sector consolidado por la edificación en grado superior al exigido por el artículo 78 de la vigente Ley del Suelo, considerándosele como un polígono urbano.