FICHAS URBANÍSTICAS

Plan Parcial 7

PLAN PARCIAL Nº 7. NUEVA TORREVIEJA

SUELO URBANO

Sector: La Veleta.

Superficie: 310.000 m².

Planeamiento: plan parcial.

Fecha Aprob. Definitiva: 11 de abril de 1968.

Proyecto de Urbanización Aprob. Def.: 11 de abril de 1968.

Proyecto de Compensación: carece.

Aprovechamiento Tipo: 1,38 m²/m² u.c.

 

  EDIFICABILIDAD
MÁXIMA
OCUPACIÓN
MÁXIMA
RETRANQUEOS A
LINDE CALLE
ZONA I. INDUSTRIAL 3 M3/M²      
ZONA B. RESIDENCIAL BAJA 3 M3/M² 40% 4 M 5 M
ZONA M. RESIDENCIAL MEDIA 5 M3/M² 40% 1/2 H y 5 M 1/2 H y 5 M
ZONA A. RESIDENCIAL ALTA 6 M3/M² 40% 1/2 H y 5 M 1/2 H y 5 M

Urbanización en grado de desarrollo bajo y con problemas de legalización en la parte industrial.

Respetándose las ordenanzas del propio Plan Parcial en lo referente a aprovechamientos, se indican como modificaciones en base a la legalización de una situación consolidada.

En la Zona Industrial se suprimen los retranqueos a calles, debiendo resolver cada actuación su zona de carga y descarga, así como aparcamientos.

Deberá realizar un proyecto de urbanización para todas las zonas y la ejecución real de todos los servicios.
Otras condiciones particulares:

Constituye el ensanche natural del casco actual en su desarrollo hacia la Carretera de Alicante.

MODIFICACIÓN Nº 70 DEL P.G.O.U.
Aprobada definitivamente según resolución del Conseller de fecha 20-marzo-2002.
Publicada en el B.O.P. nº 107 de fecha 13.mayo.2002
"Normativa.
Para la reserva de plazas de aparcamiento se estará a lo dispuesto en el Anexo al Reglamento de Planeamiento en su artículo 10,cuyo tenor literal dice:
"Por cada unidad de vivienda,apartamento,chalet o estudio,1 plaza por unidad residencial,si en la parcela se construyen menos de diez unidades.Si se construyen mas unidades,se reservará una plaza mas,adicional,por cada diez unidades residenciales completas que se edifiquen en la parcela."
El cumplimiento del anterior estándart afecta a la totalidad de la planta destinada a aparcamientos y en todo caso en un número máximo de tres plantas de sótano.
En toda la regulación restante se estará a lo dispuesto en el P.G.O.U. y a aquella Normativa Sectorial."

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