Ayudas para la financiación de proyectos de innovación que impulsen la integración de las tecnologías habilitadoras digitales
Ayudas con destino a la inversión en la ejecución de proyectos de innovación tecnológica, sostenible, social e inteligente, que impulsen la integración de las tecnologías habilitadoras digitales en las pymes
OBJETO
Proyectos que impulsen la integración de tecnologías habilitadoras digitales en las pymes para favorecer su transformación digital, mejorar su competitividad y adaptarlas a los desafíos del entorno actual. Estos proyectos deberán permitir la implementación en la pyme solicitante de soluciones innovadoras a través de las tecnologías habilitadoras digitales, en relación con los ámbitos subvencionables establecidos en la base 4 de las bases reguladoras.
DIRIGIDO A
Las personas beneficiarias de estas ayudas son todas las que encajen en las diferentes categorías que dentro del concepto de PYME se definen en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014, que incluye tanto a microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como a personas autónomas, que encajen en los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas en ese mismo Anexo I y cuya sede social o establecimiento de producción se encuentre ubicado en el territorio de la Comunitat Valenciana
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Proyectos que impulsen la integración de tecnologías habilitadoras digitales en los siguientes ámbitos:
- Ciberseguridad
- Cloud Computing
- Digitalización y automatización
- Industria 4.0
- Comercio electrónico y marketing digital
La ejecución de los proyectos deberá haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2026 y estar efectivamente concluidos y pagados antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). La justificación de la subvención se presentará junto con la solicitud de ayuda.
El presupuesto de la inversión deberá:
a) Ser igual o superior a 5.000 euros, IVA excluido.
b) El grado de cumplimiento de ejecución y justificación deberá superar el 50 % del proyecto o fase.
Las solicitudes cuyo importe resultante sea inferior a dichas cuantías serán desestimadas.
AYUDA
La ayuda consistirá en una subvención del 70% de los costes del proyecto considerados subvencionables ( art.5 de la Convocatoria). La subvención máxima que se podrá conceder a cada proyecto no podrá superar los 100.000 euros.
El procedimiento de concesión a emplear en esta ayuda será el de concurrencia no competitiva, utilizando como único criterio el de la fecha de presentación de la solicitud.
PLAZO
Plazo de solicitud abierto hasta el 13/05/2026