El Programa RAI lleva a cabo actuaciones encaminadas a incrementar las oportunidades de inserción en el mercado de trabajo. Su objetivo es garantizar los derechos económicos de las mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de facilitar su integración social.
Temporalidad: Ayuda Mensual. Máximo 11 meses, con posibilidad de solicitar hasta tres veces.
Cuantía: hasta el 80% del IPREM vigente.
Solicitud: A través del SEPE aportando la documentación que acredite la condición de víctima. En los centros que conforman la Red Regional CAVI se puede recibir apoyo profesional para tramitar esta ayuda.
Perfil solicitante: Mujeres desempleadas incluidas en el llamado Programa de Renta Activa de Inserción que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser menor de 65 años, estar desempleada e inscrita como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- No tener derecho a las prestaciones, subsidios por desempleo o a la renta agraria.
- Carecer de rentas propias, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- No haber sido beneficiaria de tres Programas de Renta Activa de Inserción anteriores.
- Acreditar su condición de víctima de violencia de género, mediante sentencia definitiva y firme que condene al agresor; resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género, aunque no resulte condenatoria del agresor; orden de protección judicial a favor de la mujer; Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que está siendo víctima de violencia de género en tanto se dicta la orden de protección; resolución judicial que hubiere acordado medidas cautelares penales; certificación/informe de situación de violencia de género de la Administración Autonómica o Local.
En caso de poder realizar la acreditación, la RAI contempla una serie de beneficios:
- No se exige llevar doce meses inscrita como demandante de empleo, ni tener 45 ó más años de edad.
- Para determinar los ingresos de la unidad familiar, no se tienen en cuenta los que perciba el agresor.
- Puede ser beneficiaria de un nuevo programa RAI aunque hubiera sido beneficiaria de otro programa RAI dentro de los 365 días anteriores a la fecha de la solicitud.
- Podrá percibir una ayuda suplementaria de pago único: Ayuda para cambio de residencia.
Legislado por Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.