Actividades y eventos en playas

Habaneras en la playa

Plan de eventos y actividades autorizadas en Playas 2025

El Plan de Eventos en Playas de Torrevieja contiene tanto los eventos de interés general con repercusión turística, regulados en el artículo 66 del Reglamento General de Costas, así como el resto de eventos o actividades de pequeña envergadura que por su naturaleza no puedan tener otra ubicación que no sea el dominio público marítimo-terrestre (artículo 32.1 de la Ley de Costas).

Toda la información relativa a las actividades que comprende el Plan de Eventos en Playas esta a su disposición en el apartado Archivos que figura a continuación y en la Agenda en el siguiente enlace: https://torrevieja.es/es/agenda-eventos-actividades?f%5B0%5D=tipo_de_ev…

Toda la información relativa a las actividades de Educación Ambiental que comprende el Plan de Eventos en Playas está a su disposición en el siguiente enlace: https://torrevieja.es/es/temas/ciudad/medioambiente/educacion-ambiental

En el caso de que deseen organizar alguna actividad, esta queda sujeta a la obtención de la autorización administrativa correspondiente. Para la solicitud de los diferentes eventos se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas:

  • Solicitud de evento o actividad en DPMT, firmado y debidamente cumplimentado en todos sus campos (Modelo adjunto en el apartado Archivos). Deberá hacerse con al menos dos (2) meses de antelación al comienzo de la realización de los mismos. No se garantiza la tramitación de eventos que se presenten con posterioridad al 1 de julio.

 

  • Memoria técnica del evento o actividad, en un único documento PDF, que disponga al menos de los siguientes documentos:

a) Documentación justificativa en la que se describan las características del evento a desarrollar, con justificación expresa de:

  1. El objeto del evento, con mención expresa a las características de la ocupación del dominio público marítimo-terrestre (superficie, instalaciones, tiempo y estimación de ocupantes).
  2. Justificación de la declaración del acto pretendido como evento a los efectos de la Ley 22/1988, de 28 de julio y de este reglamento.
  3. Las medidas preventivas a adoptar por el solicitante tendentes a evitar cualquier afección ambiental y a garantizar el restablecimiento del tramo de playa al estado anterior a la ocupación.
  4. Compromiso de proceder de manera inmediata, y una vez finalizada la ocupación, al levantamiento de las instalaciones, a la completa limpieza del terreno ocupado y a la ejecución de las demás actuaciones precisas para asegurar la íntegra conservación de la playa.

b) Documentación gráfica del objeto de la ocupación, incluyendo plano de situación, a escala mínima 1:5000 y planos de detalle, a escala mínima 1:500 en el que se deberá marcar la zona de ocupación y la ubicación de los diferentes elementos a instalar.

c) Estudio económico financiero según lo previsto en el artículo 89 de este reglamento.