Licencia de apertura mediante declaración responsable (para establecimientos públicos)

Realización del trámite electrónico:

  1. Descargue el modelo de solicitud adjunto desde la pestaña "Archivos"
  2. Acceda a la Sede Electrónica pinchando en el siguiente enlace: Enlace con la Sede Electrónica
  3. En los procedimientos disponibles seleccione la materia "Medio Ambiente y Actividades"
  4. Inicie la tramitación electrónica de la Comunicación o Declaración Responsable de Actividades y Espectáculos Públicos.

Documentación a presentar por Sede Electrónica o Presencial en las Oficinas (planta baja) mediante CITA PREVIA:

  • Declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada por el titular (ANEXO I)
  • Justificante de ingreso de la correspondiente tasa.
  • Copia del proyecto de la actividad firmada por técnico competente (en papel y soporte informático).
  • Certificado final emitido por técnico competente.
  • Certificado que acredite la suscripción de un contrato de seguro, en los términos indicados en la presente ley (ANEXO II).
  • Boletín de instalación electrica en baja tensión.
  • Auditoría acústica favorable (si procede)

Una vez presentada la documentación obligatoria, se revisará, y si esta correcta se generará la TASA correspondiente para seguir la tramitación del expediente:

Dicha tasa o documentación pendiente se adjuntará mediante el tramite de “Aportación de documentos a expedientes en curso”

 

https://torrevieja.sedelectronica.es/dossier.1

Coste del servicio:

Se parte de una tasa inicial de 670,00 Euros que se multiplica por los siguientes coeficientes en función de la superficie y potencia del local (entre 500 y 2000 Euros aproximadamente).

En función de la superficie del local:

  • menor o igual a 100 m2: 0,75
  • entre 100 y 200 m2: 1
  • entre 200 y 400 m2: 1,25
  • entre 400 y 700 m2: 1,40
  • mayor o igual a 700 m2: 1,75

En función de la potencia instalada expresada en Kw:

  • menor o igual a 5,5 Kw: 1
  • entre 5,5 y 10 Kw: 1,25
  • entre 10 y 18 Kw: 1,50
  • entre 18 y 40 Kw: 1,75
  • mayor o igual a 40 Kw: 2