La Diputación destina a Torrevieja 281.664€ para ayudas directas a los sectores productivos de ámbito turístico

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 29 de septiembre y las bases se encuentran en la web municipal www.torrevieja.es y en el catálogo de trámites de la sede electrónica La ayuda máxima a percibir es de 6.000 euros por solicitante, aplicándose una cantidad fija de 3.000 euros por cada pyme o autónomo que tenga la condición de persona beneficiaria
09.09.2021
diputación
La concejal de Turismo del Ayuntamiento de Torrevieja, Rosario Martínez Chazarra, comunica que hoy jueves, 9 de septiembre, ha quedado abierto el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas económicas destinadas a pymes, autónomos y profesionales que ejerzan su actividad económica en el municipio de Torrevieja, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que pertenezcan a alguno de los siguientes sectores productivos del ámbito turístico: ocio y hostelería, alojamiento reglado, agencias de viajes y oferta receptiva, guías y empresas de turismo activo.

Ayer fue publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincial (BOE), quedando abierto el plazo de presentación de solicitudes hasta el próximo 29 de septiembre, inclusive. Las bases se encuentran en la web municipal www.torrevieja.es y en el catálogo de trámites de la sede electrónica.

La cuantía destinada a atender estas subvenciones asciende a un importe total de 281.664 euros, de fondos procedentes en su totalidad de la Diputación Provincial de Alicante. La ayuda máxima a percibir es de 6.000 euros por solicitante, y se aplicará una cantidad fija de 3.000 euros por cada pyme o autónomo que tenga la condición de persona beneficiaria.

En el caso de pymes y autónomos que tengan la condición de persona beneficiaria y tengan trabajadores a su cargo, se aplicará una cantidad adicional resultante de multiplicar 600 euros por trabajador afiliado a la Seguridad Social a fecha de 30 de junio de 2021, a jornada completa y de 300 euros, en caso de contratos a jornada parcial. A estos efectos, los autónomos colaboradores tendrán la consideración de trabajador afiliado.

Estas ayudas económicas van destinadas a:

  1. Las personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que desarrollan una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la CNAE-09 relacionados en el anexo V.
  2. Las pymes y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que dispongan de al menos una cuenta de cotización con personas trabajadoras en alta y cuya actividad económica se clasifique en alguno de los códigos de la CNAE-09 relacionados en el anexo V.
  3. Las personas solicitantes deberán, además, cumplir los siguientes requisitos determinados en la Base Séptima de las Bases reguladoras, siendo éstas, entre otras condiciones de carácter general a los beneficiarios de subvenciones, la de ejercer la actividad económica en la ciudad y tener el domicilio fiscal en Torrevieja en el momento de presentación de la solicitud de estas ayudas y que hayan reducido el promedio mensual de facturación de los meses por los que se vaya a solicitar la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021) en, al menos, el 25% respecto del promedio mensual facturado en 2019.

Lugar y plazo de presentación:

La solicitud de la subvención y su justificación se presentarán por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja. La solicitud se suscribirá por la persona beneficiaria o, en su caso, por la persona que acredite la representación de la entidad interesada por cualquier medio válido en derecho. La solicitud se considerará completa cuando se haya presentado toda la documentación exigible en las presentes bases.

Periodo y gastos subvencionables:

Serán gastos subvencionables los siguientes que hayan sido abonados entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, debiendo justificarse como se detalla a continuación:

GASTOS

JUSTIFICACIÓN

1. Cuotas de autónomo imputadas a la subvención.

Se justificará mediante el correspondiente recibo bancario que acredite el pago de la misma.

2. El alquiler mensual del local de negocio.

Se justificará mediante la aportación de la siguiente documentación:

-Contrato de arrendamiento en vigor, debiendo figurar como arrendatario la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.

-Factura y justificante de pago de las mensualidades correspondientes.

3. Alquiler de vehículos, 100% afectos a la actividad económica.

Se justificará mediante la siguiente documentación:

-Contrato de arrendamiento, debiendo figurar como arrendatario la persona física/jurídica solicitante de las ayudas.

-Factura y Justificante de pago.

-Declaración responsable del solicitante de la ayuda sobre que el vehículo alquilado se encuentra 100% afecto a la actividad económica.

4. Servicios profesionales de asesoría, gestoría o consultoría relacionados con el ejercicio de la actividad económica.

Se justificará mediante la aportación de las facturas y los justificantes de pago correspondientes.

5. Las primas de seguros del local de negocio y/o del vehículo comercial afecto a la actividad empresarial.

Presentación del recibo del seguro donde quede identificado el local de negocio y/o vehículo comercial, debiendo figurar como titular la persona física/jurídica solicitante de la ayuda; y justificante de pago bancario.

Declaración responsable del solicitante de la ayuda sobre que el local de negocio y/o vehículo comercial se encuentra 100% afecto a la actividad económica.

 

6. Los gastos de suministro de energía y agua.

Se justificarán mediante la presentación de las facturas donde quede identificado el local de negocio destinado al ejercicio de la actividad y justificantes de pago correspondientes.

 

7. Gastos de servicio de telefonía e internet referidos necesariamente a la actividad.

Se justificarán mediante la presentación de las facturas de los gastos referidos a la actividad y justificantes de pago correspondientes.

 

8. Servicios de seguridad del local del negocio.

Se justificarán mediante la presentación de las facturas donde quede identificado el local de negocio destinado al ejercicio de la actividad y justificantes de pago correspondientes.

9. Los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio.

Se justificarán mediante la presentación del recibo de préstamo y justificante de pago bancario, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.

10. Los gastos de intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad.

Se justificarán mediante la presentación del recibo de préstamo y justificante de pago bancario, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.

11. Los gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad.

Se justificarán mediante la presentación de las facturas donde quede identificado la vinculación con el ejercicio de la actividad y justificantes de pago correspondientes