¿Qué obligaciones tributarias tiene un particular que realice una instalación de autoconsumo?

Tipo de pregunta frecuente

A la hora de realizar cualquier instalación de autoconsumo son de aplicación los tipos de IVA vigentes. También serán aplicables los tributos de índole local aplicables a la construcción (licencia de obras e ICIO).

Si la instalación de autoconsumo es SIN excedentes o CON excedentes ACOGIDA a compensación, no se realiza venta de energía.

En el caso de instalaciones CON excedentes NO ACOGIDA a compensación, se realiza venta de energía en el mercado por lo que el productor estará sometido a las mismas obligaciones tributarias que el resto de los productores del mercado por lo que le será de aplicación el IVA, el impuesto sobre el valor de la energía IVPEE del 7% (si está vigente), el pago del coste del operador del sistema, así como las obligaciones de declaración de información sobre energía producida, trimestral y anual.