Renta Valenciana de Inclusión

20.10.2026
Logo Renta Valenciana GVA1

La Renta Valenciana de Inclusión (RVI) es un derecho subjetivo que se concreta a través de una prestación económica y una prestación profesional dirigidas a facilitar un proceso de inclusión social y garantizar un nivel de vida adecuado, con el objeto de combatir la exclusión y la vulnerabilidad social.

Estará vinculada a los instrumentos y actuaciones de apoyo, facilitando el acceso a los derechos a la educación, formación, empleo, vivienda, promoción de la salud y de la autonomía personal y autodeterminación, cultura, acceso a las tecnologías de la información y la comunicación y formación en ellas, así como a la movilidad, participación social, formación en igualdad entre los hombres y las mujeres e igualdad de oportunidades.

La RVI es compatible con el Ingreso Mínimo Vital del Estado.

Las cantidades percibidas en concepto de RVI se podrán incrementar por gastos derivados del alquiler o cuota hipotecaría de la vivienda habitual y cuando en una unidad de convivencia hayan menores de edad.

La Ley 2/2026, de 14 de abril, de la Generalitat, para la mejora de la renta valenciana de inclusión es el resultado de la evolución de las necesidades sociales y la experiencia acumulada en gestión de la Renta Valenciana de Inclusión que permite una mayor eficacia en su implementación, una redistribución de las funciones de las distintas administraciones intervinientes y una optimización de los recursos destinados a su gestión.

La Renta Valenciana de Inclusión es una prestación de competencia de la Generalitat Valenciana con parte de la gestión compartidas con los Ayuntamientos, otras Entidades Locales y /o las  Direcciones Territoriales de cada una de las provincias.