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¿Cuál es el procedimiento a seguir para acogerse a la modalidad de autoconsumo con excedentes acogida a compensación?
Tipo de pregunta frecuente
Para acogerse a la modalidad de autoconsumo CON excedentes ACOGIDA a compensación, se deberá comunicar a la compañía distribuidora, directamente o a través de comercializadora, que esa es la modalidad que se ha elegido.
Además, se deberá firmar un contrato de compensación de excedentes entre productor y consumidor, aunque sean la misma persona física o jurídica.
En caso de un autoconsumo colectivo se deberá incluir el criterio de reparto de la energía entre los consumidores firmado por todos ellos, que debe remitirse individualmente a la compañía distribuidora, bien directamente o bien a través de la comercializadora.