¿Cuál es el procedimiento a seguir para acogerse a la modalidad de autoconsumo con excedentes acogida a compensación?

Tipo de pregunta frecuente

Para acogerse a la modalidad de autoconsumo CON excedentes ACOGIDA a compensación, se deberá comunicar a la compañía distribuidora, directamente o a través de comercializadora, que esa es la modalidad que se ha elegido.

Además, se deberá firmar un contrato de compensación de excedentes entre productor y consumidor, aunque sean la misma persona física o jurídica.

En caso de un autoconsumo colectivo se deberá incluir el criterio de reparto de la energía entre los consumidores firmado por todos ellos, que debe remitirse individualmente a la compañía distribuidora, bien directamente o bien a través de la comercializadora.