OBJETIVO: Los proyectos elegibles habrán de cumplir con el principio de "no causar un perjuicio significativo" a objetivos medioambientales en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Las actuaciones susceptibles de recibir apoyo se desarrollarán en la Comunitat Valenciana.
BENEFICIARIOS
Autónomos y Pymes que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades según:
-CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, y 479.
ACTUACIONES
Podrán ser objeto de subvención las inversiones vinculadas al establecimiento comercial realizadas por las entidades beneficiarias en los siguientes conceptos:
- Gastos en inversión referidos a la transformación digital.
- Gastos en inversión referidos a transformación del punto de venta.
- Gastos en inversión relativos a la cadena de suministro y trazabilidad.
- Gastos en inversión relativos a la sostenibilidad y la economía circular.
SUBVENCIÓN
La inversión mínima aprobada no podrá ser inferior a 5.000 euros (IVA excluido) y la ayuda podrá alcanzar el 100% de la inversión, con el límite de 200.000 euros.
Se consideran apoyables las actuaciones realizadas DESDE EL 1 DE ENERO DE 2022 HASTA LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD, salvo que se establezca un plazo diferente en la convocatoria de ayudas.
FECHA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes SE HA AMPLIADO hasta el día 22 de septiembre de 2023.
Para más información consulta este enlace.