¿Qué instalaciones de autoconsumo deben solicitar permisos de acceso y conexión y avales o garantías?

Tipo de pregunta frecuente

Las instalaciones de autoconsumo CON excedentes (ACOGIDAS o NO ACOGIDAS a compensación), de potencia igual o inferior a 15 kW en suelo urbanizado, están exentas de solicitar permisos de acceso y conexión, así como de presentar avales y garantías para la conexión.

Las instalaciones de producción en autoconsumo CON excedentes (ACOGIDAS o NO ACOGIDAS a compensación), de potencia inferior a 15 kW que no cumplan las condiciones de suelo urbanizado y el resto de las instalaciones de potencia igual o inferior a 100 kW, están obligadas a solicitar el permiso de accesos y conexión, pero estarían exentas de la presentación de aval. La solicitud se dirige a los titulares de las redes de distribución (compañías distribuidoras).

El resto de las instalaciones de producción que participen CON excedentes (mas de 100 KW), si deben solicitar permisos de acceso y conexión en función de la potencia de la instalación y también es necesario que realicen la presentación de avales y/o garantías.

Las instalaciones SIN excedentes de cualquier potencia quedan exentas de realizar trámites de acceso y conexión y, por tanto, tampoco tienen que presentar las garantías.